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ACOTAR Reservar de
forma exclusiva el uso y aprovechamiento de un terreno mediante la colocación
de mojoneras. ACRE Medida de
superficie que equivale a 43,560 pies cuadrados, 4,840 yardas cuadradas,
4,047 metros cuadrados, 160 varas cuadradas ó 0.4047 hectáreas. ACREEDOR El que tiene derecho a exigir
el cumplimiento de una obligación o a que se le satisfaga una deuda (Ejemplo:
entidad que concede un préstamo). ACREEDOR HIPOTECARIO Aquel que
tiene asegurado su crédito con una garantía hipotecaria. ACTIVO
DE INVERSIÓN.- Son
los terrenos y/o construcciones cuyo propósito es devengar un ingreso por
renta y/o para la conservación o incremento de valor del capital.
ADELANTO Anticipo de
dinero dado al inicio de una operación inmobiliaria que forma parte del
precio acordado. ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA FEDERAL.-
Conjunto de órganos de gobierno que auxilia al Ejecutivo Federal en la
realización de la función administrativa; se conforma de la administración
centralizada y de la administración paraestatal, ambas establecidas en la Ley
Orgánica de la Administración Pública Federal. ADMINISTRADOR Persona que organiza y dispone
los bienes ajenos. El administrador de una Comunidad de Propietarios puede
ser uno de los miembros de la Comunidad (presidente o secretario,
principalmente) o un administrador de fincas. Su labor consistirá en llevar
las cuentas, cobrar recibos, gestionar las tareas administrativas, informar
sobre el contenido de la Ley de Propiedad Horizontal, es decir, se encarga de
las tareas administrativas que el funcionamiento de una comunidad conlleva. ADQUIRENTE Persona
natural o jurídica que compra un bien o que recibe la prestación de un
servicio ADQUIRIR Incrementar
el patrimonio mediante un acto o un hecho gratuito, oneroso o por
prescripción. AFIANZAR Garantizar
el cumplimiento de una obligación o la seguridad de intereses o valores. AFORO Operación
documentaria que consiste en determinar los gravámenes que sean aplicables a
las mercancías en una o varias de las siguientes actuaciones: reconocer las
mercancías, verificar su naturaleza y valor, establecer su peso, cuenta o
medida, clasificarlas en la nomenclatura arancelaria y determinar los
gravámenes que les sean aplicables. AGENTE DE LA PROPIEDAD
INMOBILIARIA Profesional
que actúa como intermediario en una transacción inmobiliaria. AGROPECUARIO.-- Relativo a los campos y al ganado;
su cultivo, su producción y a su comercialización. ALQUILAR Arrendar a
través de un contrato por el cual una de las partes, llamada arrendador, se
obliga a transferir temporalmente el uso y goce de una cosa mueble o inmueble
a otra parte denominada arrendatario, quien a su vez se obliga a pagar por
ese uso o goce un precio cierto y determinado. ALQUILER Pago fijo y
periódico al propietario de un inmueble en los términos de un acuerdo previo,
a cambio de uso y goce del mismo. ALTURA MAXIMA DE EDIFICACION Medida vertical
del edificio establecida según la zona correspondiente y sobre la cual pueden
sobresalir instalaciones complementarias (tanques y chimeneas) cajas de
ascensores y escaleras, lavaderos colectivos, bauleras, departamento de portero
y salón usos múltiples. AMORTIZACIÓN ANTICIPADA Capital de un préstamo que se
devuelve antes de las fechas pactadas inicialmente; puede ser parcial o
total. AMORTIZACIÓN ANUAL.- Misma definición aplicada en términos de un año. AMORTIZACIÓN Pago que se realiza para
reducir el importe de un préstamo; devolución de una deuda. AMORTIZACION Aplicación
de la disminución del valor del activo fijo intangible en los resultados de
un período determinado. También es la reducción gradual de una deuda. AMORTIZACION Devolución
total o parcial de un préstamo, según lo pactado con la entidad financiera.
Ésta puede ser mensual, semestral o anual. AMORTIZACIÓN.- Es una depreciación o reducción
gradual del valor en libros de alguna partida de activo, generalmente
intangible. También se conoce como el proceso por el cual se paga una deuda
en términos graduales.
APARCAMIENTO ROBOTIZADOS Los
aparcamientos robotizados son sistemas de estacionamiento inteligentes
orientados a fomentar el máximo confort del usuario, reducir las maniobras y
a minimizar el espacio necesario por cada plaza de garaje. APARTAMENTO Un
apartamento, también llamado departamento, es una unidad de vivienda que
comprende una o más habitaciones diseñadas para proporcionar instalaciones
completas para un individuo o una pequeña familia. La principal diferencia
existente entre este tipo de viviendas y otras, como casas, cortijos, etc.,
son la superficie que ocupa, normalmente menor que las anteriores, y su
posible uso, muchas veces vacacional o temporal. APEO Documento
jurídico que acredita el deslinde y demarcación. APODERADO Persona que recibe poderes de
otro para representarlo y proceder en su nombre. APORTACIÓN PERSONAL Cantidad de dinero que el
comprador de un inmueble destina a su adquisición, exceptuando el importe
obtenido con financiación ajena. ÁREA DE
CIRCULACIONES EXTERIORES.- Es la superficie exterior requerida para la circulación externa,
peatonal o vehicular entre los distintos espacios o cuerpos contenidos dentro
del polígono del inmueble. Esta superficie se encuentra por fuera del área
construida y no está considerada como parte del área rentable.
ÁREA REAL.- Superficie resultante de la medición de un
elemento que en la valuación se le considera como efectiva y comprobable.
ÁREA VIRTUAL.- Resultante de la aplicación de factores que
afectan al terreno con respecto a el área real, esta puede ser mayor o menor
que el Área Real, dependiendo de la cuantificaciones de los factores que
afecten al terreno.
ARQUITECTO Profesional
que diseña, dibuja y supervisa la construcción de un inmueble. ARRAS Cantidad de dinero que supone
una parte del precio total de la vivienda, que el comprador entrega al
vendedor como garantía de que cerrará la operación en un plazo determinado. ARRENDADOR.- Es alguien que posee el
derecho para usar un activo, el cual se le transfiere a otro (arrendatario)
bajo un contrato de arrendamiento. El arrendador normalmente se conoce
también como propietario o casero.
ARRENDAMIENTO Es un
contrato por el cual una de las partes contratantes se obliga a hacer gozar a
la otra de una cosa mueble o inmueble, por cierto tiempo y mediante un precio
determinado que ésta se obliga a pagar a aquella.
ASCENSOR Un ascensor
o elevador, es un sistema de transporte vertical diseñado para movilizar
personas y/o bienes entre pisos definidos, que puede ser utilizado ya sea
para ascender a un edificio o descender a construcciones subterráneas. Se
conforma con partes mecánicas, eléctricas y electrónicas que funcionan
conjuntamente para lograr un medio seguro de movilidad. ASEGURAMIENTO.- Es el acto de la
Administración Pública Federal, personas físicas y morales para tomar medidas
provisionales, que a través de la contratación de un seguro, le permiten
resguardar sus bienes contra cualquier riesgo o perdida, por siniestros o
eventualidades. ASENTAMIENTO
HUMANO.- Es
el establecimiento de un conglomerado demográfico, con el conjunto de sus
sistemas de convivencia, en un área físicamente localizada, considerando
dentro de la misma los elementos naturales y las obras materiales que lo
integran. (Artículo 2 fracción II de la Ley General de Asentamientos
Humanos). ASESOR INMOBILIARIO Aquel/lla
que aconseja o dictamina en materia inmobiliaria. ASIENTO Cada una de las inscripciones
que el registrador realiza en el Registro de la Propiedad, referentes a la
vida de un inmueble. ATICO Significa el espacio
que queda entre el techo interior del último piso y el tejado o azotea. Este
es usado igualmente para viviendas de varios pisos o viviendas de un solo
piso. Significado similar a desván. AUTONOMO Opuesto a
"Relación de Dependencia". Actividad independiente de donde
provienen los ingresos de un individuo. AVAL Garantía de una tercera
persona, normalmente un familiar del comprador (prestatario), que garantiza
el pago del préstamo en caso de no hacerlo éste. AVAL.- Persona que interviene
como garante en un préstamo y que asume las responsabilidades de pago en caso
de que el prestatario no haga frente a la deuda o a sus intereses. AVALISTA Persona que interviene como
garante en un préstamo y que asume las responsabilidades de pago en caso de
que el prestatario no haga frente a la deuda y/o a sus intereses. AVALÚO
BASE.- Es el
que resulta de valuar un bien de manera inicial, es decir aplicando todos los
enfoques como si se hiciera el avalúo por primera vez.
AVALÚO FISCAL El avalúo
fiscal indica el valor que le ha asignado el fisco a un bien y que puede ser
diferente del valor comercial. AVALÚO Tasación.
Dictamen técnico que permite determinar el valor real de un inmueble a partir
de sus características físicas, de ubicación, de uso y de la investigación y
el análisis del mercado inmobiliario. AVALÚO Valor que se
le asigna a un bien para fines específicos. El avalúo puede ser de tipo
comercial que está dado por el precio de mercado y se realiza con el fin de
transarlo, ó de tipo fiscal que corresponde a la evaluación realizada con
fines tributarios. AVALÚO.- Es el resultado del proceso de
estimar el valor de un bien, determinando la medida de su poder de cambio en
unidades monetarias y a una fecha determinada. Es asimismo un dictamen
técnico en el que se indica el valor de un bien a partir de sus
características físicas, su ubicación, su uso y de una investigación y
análisis de mercado. AVALÚOS Fijación del
precio o valor de un bien o un servicio en términos de una moneda
determinada. AVALÚO MAESTRO Avalúo que tiene por objetivo determinar un espacio de negociación
para una gran cantidad de propiedades, dado a través de valores máximos y
mínimos para cada uno de los inmuebles en tramos a lo largo de vialidades que
afectarán a los mismos por obras de infraestructura. AVALÚO REFERIDO Es una valuación a una fecha anterior a la fecha en que fue realizado el
estudio, se obtiene dividiendo la cantidad resultante entre el factor que se
consigue al dividir el I N P C (índice nacional de precios al consumidor) del
mes inmediato anterior a aquél en que se practica el avalúo entre el I N P C
del mes al cual es referido el mismo.
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BALCON Plataforma
provista de una barandilla que sobresale a la fachada del inmueble. BAÑO Cuarto que incluye
inodoro, lavamanos, y tina y ducha cuando está completo. BASAMENTO Parte del
edificio construido sobre el nivel del terreno, entre medianeras, cuya altura
es fija y sobre la cual pueden sobre elevarse otros volúmenes edificados. BENEFICIARIO (de un
Fideicomiso) Es quien va a recibir la utilidad del
fideicomiso mientras dura. BIEN
COMPARABLE.- Es un
bien con características semejantes al bien que se está valuando, cuyos datos
se obtienen de una recopilación en el mercado, tanto de ofertas como de
operaciones realizadas recientemente. El comparable debe ser lo más semejante
al bien valuado en razón de sus características físicas, de localización, de
mercado, económicas y jurídicas a fin de establecer, mediante el proceso de
homologación, una indicación del valor más probable de venta del bien que se
está valuando. BIEN
INMUEBLE.- Es un
conjunto de derechos, participaciones y beneficios sobre una porción de
tierra con sus mejoras y obras permanentes, incluyendo los beneficios que se
obtienen por su usufructo. Las principales características de un bien
inmueble son su inmovilidad y su tangibilidad. BIEN
INTANGIBLE.- Ver
Activo Intangible. BIEN
MUEBLE.- Es un
conjunto de derechos sobre un objeto utilitario o artístico, no anexado
permanentemente a la tierra. El término bien mueble se refiere, entonces, a
todo lo que no es inmueble, como son: maquinaria, equipo, mobiliario, joyas,
obras de arte y vehículos. Las principales características de un bien mueble
son su movilidad y su tangibilidad. Comprende los objetos en sí mismos además
de los elementos intangibles atribuidos a las obligaciones y derechos de
propiedad sobre ellos. BIEN
PERSONAL.- Es
un término legal que se utiliza en ciertas legislaciones para determinar los
artículos de propiedad personal, y así diferenciarlos de los bienes
inmuebles. La propiedad personal incluye todos aquellos artículos tangibles e
intangibles que no son un bien raíz. BIEN
RAÍZ.- Lo
constituyen el terreno físico y todas aquellas cosas que son parte natural
del terreno, así como aquellas mejoras u obras hechas por el hombre que están
adicionadas al terreno. BIEN.- Es cualquier derecho
original de propiedad. Se constituye cuando una persona invierte trabajo y/o
tiempo para obtener una cosa que puede usar y de la que obtiene un provecho y
de la cual puede disponer libremente. BIENES
ASEGURADOS.- Son
todos aquellos objeto de un proceso judicial, en que la autoridad competente
adopte medidas provisionales para resguardarlos. BIENES
COMUNALES.- Son
las tierras, bosques y aguas que pertenecen a los núcleos de población que de
hecho o por derecho guarden el estado comunal. Son inembargables,
imprescriptibles e indivisibles. (Artículo 107 de la Ley Agraria). BIENES
DEL DOMINIO PRIVADO DE LA FEDERACIÓN.- Los señalados en el artículo 3 de La Ley
General de Bienes Nacionales. “Las tierras y aguas de propiedad nacional no
comprendidas en el artículo 2º. de esta ley que sean susceptibles de
enajenación a los particulares; Los nacionalizados conforme a la fracción II
del artículo 27 constitucional, que no se hubieren construido o destinado a
la administración, propaganda o enseñanza de un culto religioso; Los bienes
ubicados dentro del Distrito Federal, declarados vacantes conforme a la
legislación común; Los que hayan formado parte del patrimonio de las
entidades de la Administración Pública Paraestatal, que se extingan o
liquiden, en la proporción que corresponda a la Federación; Los bienes
muebles de propiedad federal al servicio de las dependencias de los Poderes
de la Unión, no comprendidos en la fracción XI del artículo anterior; Los
demás muebles que por cualquier título jurídico adquiera la Federación; Los
bienes muebles e inmuebles que la Federación adquiera en el extranjero; Los
bienes inmuebles que adquiera la Federación o que ingresen por vías de
derecho público y tengan por objeto la constitución de reservas
territoriales, el desarrollo urbano y habitacional o la regularización de la
tenencia de la tierra; También se considerarán bienes inmuebles del dominio
privado de la Federación, aquellos que ya formen parte de su patrimonio y que
por su naturaleza sean susceptibles para ser destinados a la solución de los
problemas de la habitación popular, previa declaración expresa que en cada
caso haga la Secretaría de Desarrollo Social. BIENES
DEL DOMINIO PÚBLICO DE LA FEDERACIÓN.- La propiedad que tiene el Estado sobre bienes
muebles e inmuebles sujeta a un régimen de derecho público. Comprende el
dominio público los bienes que por su naturaleza son del uso de todos (bienes
de uso común), los bienes que están afectos al servicio de las dependencias
del poder público, los bienes destinados a un servicio público, los bienes
que en general están afectos o destinados a una causa de utilidad pública
(espacio aéreo, el mar territorial, la zona federal marítimo terrestre, los
caminos, las carreteras, los monumentos arqueológicos, históricos y
artísticos). BIENES
DISTINTOS A LA TIERRA.- Son aquellos cultivos cíclicos y no cíclicos, árboles, maderas
preciosas, así como cercas y otras mejoras al terreno, incluyendo
construcciones existentes, que resultan afectados por obras de
infraestructura que llevan a cabo dependencias o entidades de la
Administración Pública Federal. BIENES EJIDALES.- Son las tierras, bosques y
aguas que se señalan como propiedad de la población ejidal. Son
inembargables, imprescriptibles e inalienables. (Artículo 79 de la Ley
Agraria). BIENES INMUEBLES Son las
cosas corporales que no pueden transportarse de un lugar a otro, como las
tierras y las minas, y las que adhieren permanentemente a ellas como los
edificios y las casas. También se les denomina inmuebles, fincas, predios o
fundos. BIENES RAICES Son las
cosas que no pueden transportarse de un lugar a otro, como las tierras y
minas y las que se adhieren permanentemente a ellas, como edificios y
árboles. BODEGA Almacén. BODEGA Bodega o
Almacén es un lugar o espacio físico para el almacenaje de bienes. BOLETO DE COMPRA Y VENTA Comprobante
tributario que acredita la venta de un producto o servicio a un consumidor
final. BOLETO Documento por el
cual se determinan las condiciones de compra-venta de una propiedad. BOLSA INMOBILIARIA. SERVICIO
MULTIPLE DE VENTAS
Sistema de mercadeo integrado por varios agentes que están de acuerdo
en compartir entre sí información de las propiedades en cuya comercialización
intervienen con el objeto de lograr una venta más efectiva, estando
dispuestos a repartir los beneficios que obtengan conforme a las normas
previamente establecidas. BROKER Profesional
con un amplio conocimiento del mercado en el cual opera y preparado para
ofrecer el mejor asesoramiento inmobiliario. |
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CABAÑA En uso
moderno, una cabaña es una vivienda, típicamente en un área rural, o semi rural
fabricada con materiales humildes (aunque hay viviendas de estilo de cabaña
en las ciudades). CAJONES
DE ESTACIONAMIENTO.-
Son las áreas asignadas para el resguardo temporal de vehículos, cuyas
dimensiones y cantidad deben cumplir con lo indicado por el Reglamento de
Construcciones de la localidad o municipio. Su renta será considerada de
acuerdo a la variante que presente, cubierto o descubierto. CALEFACCION POR AGUA CALIENTE Sistema de
calefacción en el que el agua caliente circula por tuberías y radiadores. CALLEJON Calle
angosta entre o detrás de varios edificios. CAMPO Terreno en zona
no urbana, o fincas rústicas. CANALETA Canal poco
profundo de madera o metal situado en los aleros o techo de un inmueble para
recoger el agua de lluvia. CANCELACIÓN Anticipación de las cantidades
pendientes de amortizar de un préstamo. Suele llevar asociada una comisión. CANCELACIÓN REGISTRAL Eliminación en el Registro de
la Propiedad de la inscripción de la carga que figura sobre una finca. Un
préstamo hipotecario puede estar totalmente pagado, pero la hipoteca figurar
aún en el Registro. Para que desaparezca esa hipoteca tiene que firmarse una
escritura de cancelación y con posterioridad ser inscrita en el Registro,
anulando la carga a la que hace referencia. CAPITAL
DE TRABAJO.-
Cantidad de dinero que se estima una entidad requiere para su operación
diaria y se calcula como la diferencia de activos circulantes menos pasivos
circulantes. CAPITAL Importe nominal del préstamo
hipotecario, sin incluir los intereses. CAPITAL.- Es cualquier conjunto de bienes
susceptibles de reproducirse desde el punto de vista económico. Asimismo, uno
de los cuatro factores de producción (los otros son la tierra, el trabajo y
la organización). Desde el punto de vista contable el capital es la
diferencia entre el activo y el pasivo de una empresa (CAPITAL = ACTIVO
PASIVO).
CARENCIA DE CAPITAL (O PARCIAL) Periodo del préstamo en el que sólo se pagan
intereses y no se amortiza principal. CARENCIA Periodo del préstamo durante el
cual sólo se pagan intereses (no se paga capital), o incluso no se paga
ninguna cantidad. CARENCIA TOTAL Periodo del préstamo en el que
no se pagan ni intereses ni capital. CARGAS Limitaciones de la propiedad de
un inmueble o vinculación al pago de una obligación. Tienen que estar
inscritas en el Registro de la Propiedad. CARTA DE INTENCION Documento
por el que una persona expresa su voluntad en relación con un negocio
inmobiliario. CARTEL Pieza de material
resistente que se coloca en la fachada de un inmueble para promoverlo en
venta o en renta. CASA Edificación
construida para ser habitada. CARTERA.- Conjunto de diferentes propiedades
que administra una sola entidad. CASA ABIERTA. DEMOSTRACION ESPECIAL Práctica de
promoción y de comercialización que consiste en la demostración guiada de una
propiedad a varias personas al mismo tiempo, previa invitación selectiva al
evento, ya sea a los prospectos calificados o a colegas inmobiliarios. CASA Una casa,
del latín casa (cabaña), es una edificación construida para ser habitada por
una persona o un grupo de personas; suele organizarse en una o varias
plantas, no superando tres normalmente y puede disponer de estancias en
sótano o semisótano, y la zona superior puede ser abuhardillada o aterrazada;
si dispone de terreno suficiente puede contar también con patio y jardín. CATALOGO DE PRESENTACION DE
PROPIEDADES
Libro o carpeta que contiene información sobre la inmobiliaria, el
agente vendedor, cómo manejan la promoción y la venta de propiedades. CATASTRO Censo y padrón estadístico de
las fincas urbanas y rústicas, cuyo objeto es dar a conocer la propiedad y
sus cualidades. CATASTRO Censo y padrón de
inmuebles. CAUCION Seguridad personal
del cumplimiento de lo pactado. CAUSA
DE UTILIDAD PÚBLICA.-
Es la justificación para la ocupación de propiedad privada o propiedad social
(ejidos y comunidades) para prevenir o remediar calamidades públicas, o para
realizar obras de infraestructura y/o de beneficio colectivo. CEDULA DE HABITABILIDAD Documento que proporciona al
adquirente la garantía de que la vivienda reúne las condiciones mínimas de
habitabilidad. Regularmente la otorgan los municipios a través de la oficina
de obras públicas. CEDULA URBANÍSTICA Documento que certifica la
normativa urbanística aplicable a un determinado terreno. Hace referencia al
planeamiento que afecta a dicho terreno, e indica los usos autorizados, la
edificabilidad, ocupación, alturas máximas, … Dicha cédula se obtiene en el
Ayuntamiento. CERRAR Concretar y firmar
una operación inmobiliaria. CERTIFICADO
DE VALUACIÓN.- Es
el documento en el que un Valuador certifica el monto de la valuación. CERTIFICADO REGISTRAL Documento legitimado y expedido
por el Registro de la Propiedad, en el que se declara la situación de cargas
de una finca. CERTIFICADO REGISTRAL Documento
expedido por el Registro de la Propiedad en el que se expone la situación de
cargas de una finca. CETES.- Certificados de la tesorería de la
Federación, son títulos de crédito al portador emitidos por el Gobierno
Federal en mercado de dinero, con un plazo determinado, para fines de control
del circulante y financiamiento del gasto publico. CHEQUES Título de pago que consiste en
una orden que da el firmante o librador a una entidad de crédito en la que
éste tiene dinero depositado, para que la entidad pague, con cargo a dicho
depósito, a una persona determinada (cheque nominativo) o al portador del
título, una cantidad cierta. CHIMENEA Estructura
vertical de uno o más conductos que sirven para la circulación del aire y
desalojo de gases producidos por la combustión. CIERRE Acción y efecto
de concluir una transacción sobre un bien raíz. CLARABOYA Cualquier
abertura en el techo o muro que permita la entrada de luz. CLASIFICACIÓN DE ZONA.- Forma de identificar y calificar
a determinada región o colonia para definir su actividad económica y de uso
del suelo. CLAUSULA DE EXCLUSIVIDAD Cláusula en
contrato de prestación de servicios inmobiliarios en la que se establece que
el prestador de servicios tiene, durante un lapso determinado, la posibilidad
de promover la renta o la venta de un inmueble con exclusión de cualquier
otra persona. CLAUSULA DE RESERVA DE
DOMINIO
Cláusula de un contrato en la que el enajenante se reserva la propiedad
de un inmueble hasta que su precio haya sido totalmente pagado. CLAVE CATASTRAL.- Número que designan las
autoridades municipales para identificar la ubicación de un bien inmueble en
sus planos catastrales.
COCINA Pieza o
sitio de la casa en el cual se preparan los alimentos. CODEUDOR Cofiador. Persona
que en conjunto con otra/s garantiza el cumplimiento de una obligación. CÓDIGO
DE CONDUCTA.- Es un
documento que determina claramente una serie de reglas concretas de actuación
de acuerdo con las actividades que cada organización desarrolla. Define
comportamientos y contempla mecanismos que aseguren su efectiva ejecución.
COEFICIENTE.- (Definición) Numero que se coloca
delante de una cantidad para multiplicarla. En el caso de la actividad
valuatoria significa el resultado remanente de los factores aplicados para el
análisis de inmueble para determinar el premio o castigo que afectará el
Valor de reposición nuevo (VRN). COFIADOR Codeudor.
Persona que en conjunto con otra/s garantiza el cumplimiento de una
obligación. COMERCIALIZACIÓN.- Es el acto de comerciar o vender
mediante la utilización de las técnicas de la mercadotecnia, especialmente el
estudio del mercado. A la comercialización también se le llama
“mercadotecnia” que implica el estudio de: precio, producto, mercado y
promoción. COMISION APERTURA Importe que
se paga al formalizar un préstamo, en contraprestación a los gastos
administrativos, informáticos y de gestión que conlleva su apertura. Se paga
por una sola vez y suele ser un porcentaje sobre el capital prestado. COMISION CANCELACION ANTICIPADA Pago que se
devenga al amortizar anticipadamente una deuda, para préstamos hipotecarios
normalmente es un 1%, para créditos personales está en torno al 3%, según se
pacte con la entidad financiera. COMISIÓN DE AMORTIZACIÓN
ANTICIPADA Porcentaje a aplicar sobre la
cantidad que se devuelve de forma anticipada, que debe ser pagada a la
entidad acreedora. COMISIÓN DE APERTURA Importe que se paga cuando se
formaliza un préstamo, en contraprestación a los servicios de estudio,
administración y gestión generados en la concesión. Suele ser un porcentaje
sobre el capital prestado. COMISIÓN NACIONAL BANCARIA Y DE VALORES.- La Comisión Nacional Bancaria y
de Valores (CNBV) es un órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y
Crédito Público (SHCP) con autonomía técnica y facultades ejecutivas en los
términos de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores. La CNBV
tiene por objeto supervisar y regular en el ámbito de su competencia, a las
entidades financieras, a fin de procurar su estabilidad y correcto
funcionamiento, así como mantener y fomentar el sano y equilibrado desarrollo
del sistema financiero en su conjunto, en protección. COMISION Pago que se
le hace a un comisionista inmobiliario o mediador por los servicios que
realiza. COMISIONISTA Persona que se
emplea para vender por cuenta de otro cobrando una comisión. COMODATO.- Es el contrato por el cual uno de
los contratantes se obliga a conceder gratuitamente el uso de una cosa no
fungible y el otro contrae la obligación de restituirla al término de cierto
plazo prefijado.
COMPRA AD CORPUS Compraventa que se hace de la
totalidad de una cosa y por un precio único, sin tener en cuenta sus partes y
medidas. COMUNERO El que pertenece a una Comunidad
de Propietarios; tiene parte indivisa con otro u otros en un inmueble. COMUNIDAD DE PROPIETARIOS
Colectivo
formado por todos los cotitulares de un edificio dividido en régimen de
propiedad horizontal. Se organiza corporativamente y carece de personalidad
jurídica. Se regula por estatutos, que atenderán a los detalles de la
convivencia y a la adecuada utilización de los servicios y cosas comunes. COMUNIDAD DE PROPIETARIOS Conjunto de
cotitulares de un inmueble dividido en propiedad horizontal. CONCESIÓN. Es el acto administrativo a través
del cual, la Administración Pública Federal, o cualquier otro ente
concedente, otorga a otros particulares concesionarios el derecho para el
uso, goce o explotación de un bien de su propiedad. CONDICIÓN RESOLUTORIA Condición que garantiza una
determinada obligación (pago de una cantidad aplazada) a través de la
resolución del contrato, en el supuesto de que ésta no se cumpla. CONDICIONES
LIMITANTES.- Son
aquellas restricciones que los clientes, los promoventes, el valuador, el
mercado o las leyes locales le imponen a una valuación. CONDOMINIO Forma de
propiedad en la que los diferentes departamentos, viviendas, casas o locales
de un inmueble, construidos en forma vertical, horizontal o mixta,
susceptibles de aprovechamiento independiente por tener salida propia a un
elemento común de aquél o a la vía pública, pertenecen a distintos
propietarios en forma singular y exclusiva, los cuales además tienen un
derecho de copropiedad sobre los elementos y partes comunes del inmueble. CONDOMINIO.- Se refiere a lo que la Ley define
como “grupo de departamentos, viviendas, casas, locales o naves de un
inmueble construidos en forma vertical, horizontal o mixta, para uso
habitacional, comercial o de servicios, industrial o mixto susceptibles de
aprovechamiento independiente y que pertenecen a distintos propietarios
quienes gozan de un derecho singular o exclusivo de propiedad, respecto de su
unidad de propiedad exclusiva así como un derecho de copropiedad sobre los
elementos y partes comunes”. CONDOMINO Condueño. CONDONACIÓN Situación que se produce cuando
el acreedor de una deuda renuncia a la prestación debida por el deudor y que
supone la extinción de dicha deuda. CONDUCTA.- Manera con que los hombres se
comportan en su vida y acciones.
CONSERJE Persona que
tiene a su cargo el cuidado y la limpieza de un inmueble. CONSERJERIA Habitación que
ocupa el conserje. CONSULTORÍA.- Es el acto o proceso de
proporcionar información, análisis de datos y recomendaciones o conclusiones
sobre diversos aspectos de bienes muebles e inmuebles, que no sea
necesariamente un estimado de valor. CONTRAOFERTA Oferta hecha
como respuesta de una oferta recibida. CONTRAPRESTACIÓN.- Es el pago por el uso o usufructo de
un bien. CONTRATO DE ARRENDAMIENTO Contrato
mediante el que las dos partes contratantes se obligan recíprocamente, una a
conceder el uso o goce temporal de una cosa, y la otra a pagar por ese uso o
goce un precio cierto. CONTRATO DE FIANZA Contrato
mediante el cual una persona se compromete con el acreedor a pagar por el
deudor, si éste no lo hace en primera instancia. CONTRATO DE HIPOTECA Contrato
mediante el cual se constituye una garantía real sobre bienes que no se
entregan al acreedor y que da derecho a éste, en caso de incumplimiento de la
obligación garantizada, a ser pagado con el valor de los mismos. CONTRATO DE LOCACION Documento por el
cual se determinan las condiciones de alquiler de un inmueble. CONTRATO Pacto o convenio oral o
escrito, entre partes, que se obligan sobre materia o cosa determinada, y a
cuyo cumplimiento pueden ser obligadas. CONTRATO.- Es un convenio entre dos o más personas
que implica derechos y obligaciones recíprocos; como por ejemplo: un contrato
de renta o alquiler o un contrato entre tenedores de bonos y el emisor.
COPRESTATARIO Titular con otra(s) persona(s)
de un préstamo. COPROPIETARIO Que es
propietario de bienes en conjunto con otra/s persona/s CORREDOR HIPOTECARIO Es la
persona que tiene por actividad unir a las partes intervinientes en un
préstamo hipotecario. Su misión es la de asesorar al Tomador durante la
etapa de localización y detección del préstamo más adecuado al perfil
crediticio del mismo. CORREDOR INMOBILIARIO Persona con
cuya intervención se proponen y ajustan los contratos y convenios en la
comercialización de los bienes raíces, cobrando una comisión u honorario por
ese servicio, el cual se calcula aplicando un porcentaje al precio en el que
se cierra la operación. CORREDOR Pasillo. CORREDOR Persona que
actúa como intermediario en una operación inmobiliaria a cambio de un
honorario. Notario mercantil. COSTO
DE REEMPLAZO.- Es
la cantidad necesaria, expresada en términos monetarios, para sustituir un
bien por otro nuevo que proporcione un servicio similar, considerando las
características que la técnica hubiera introducido dentro de los modelos
considerados equivalentes.
COSTO
DE REPOSICIÓN DEPRECIADO.-
Es el método del costo de reposición depreciado se basa en un estimado del
valor actual de una propiedad, resultado de la suma del valor del terreno en
el mercado, más los costos brutos de reposición (reproducción) de las
mejoras, menos las deducciones por el deterioro físico y demás formas
pertinentes de obsolescencia y depreciación.
COSTOS ADICIONALES Todo costo
adicional que se produzca en una transacción, como fes de arquitectos, costos
de mudanza, etc., que corren por parte del comprador/locatario, expresado en
dólares por m2. COSTOS DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD Son los que se
derivan de la inscripción de la hipoteca en el Registro de la Propiedad. COSTOS
DIRECTOS.- Son
los costos asociados directamente con la producción física de un bien, tales
como materiales o de mano de obra.
COSTOS OPERATIVOS Son los costos día
a día de mantener una propiedad, como limpieza, mantenimiento, seguro,
ascensores, etc. COTO Límite. También en
términos inmobiliarios: lugar de uso habitacional comercial o industrial que
está controlado el ingreso y que regularmente es administrado por sus
ocupantes. CRÉDITO
HIPOTECARIO Contrato
por el que una entidad financiera pone dinero a disposición del beneficiario
hasta un límite señalado y por un plazo determinado, percibiendo
periódicamente los intereses sobre las cantidades dispuestas, obligándose el beneficiario
a devolver a la entidad las cantidades adeudadas en el plazo estipulado. En
el caso de los créditos hipotecarios, la devolución de los intereses y el
principal está asegurada con una garantía real. CREDITO HIPOTECARIO Préstamo que
está garantizado por medio de una garantía real. CRÉDITO
MERCANTIL.- Este
es un activo intangible susceptible de compra-venta, que se estima a partir
de la posibilidad de que los clientes e un negocio sigan recurriendo a los
servicios que se proporcionan o a las mercancías que en él se venden, lo cual
resulta en que existan prospectos de ingresos continuos y ganancias
aceptables.
CUARTO Un dormitorio,
pieza, cuarto o habitación es una habitación usada, sobre todo, para el
sueño, el descanso. Sin embargo, también puede utilizarse para leer, ver la
televisión, vestirse o realizar otras actividades. En algunas culturas, los
dormitorios específicos constituyen una parte importante del hogar. En otros,
los espacios usados principalmente para otras actividades por el día se
convierten en dormitorios durante la noche. CUBIERTA Se llama
cubierta al elemento constructivo que protege a los edificios en la parte
superior y, por extensión, a la estructura sustentante de dicha cubierta. En
ciertos casos, también se llama techumbre. CUENTA PREDIAL.- Numero que las autoridades
municipales designan a un bien inmueble para identificarle.
CUOTA DE PARTICIPACIÓN Proporción de un inmueble que
corresponde a cada propietario. En función de su valor, se calculan las
cargas y gastos a los que tiene que hacer frente el titular de cada vivienda. CUOTA Importe que el titular o
titulares de un préstamo se comprometen a pagar periódicamente y
que se destina al pago de parte del capital solicitado y sus intereses. CUOTA PURA Es la cuota que
sólo incluye la amortización y el interés de un crédito hipotecario. CUOTA Importe a
pagar de un crédito hipotecario o monto a pagar por la contra prestación de
un servicio. CUPULA Estructura curva,
por lo general esférica que cubre parte de un edificio. |
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DACIÓN
EN PAGO.- Es
la forma de extinguir obligaciones de pago previamente existentes, a través
de aceptar una cosa diferente a la original. DATOS SOBRE EL PREDIO Información
completa sobre la ubicación, situación o posición de un lote de terreno. DATOS SOBRE EL VECINDARIO Información
sobre la condición general o el tamaño de casas cercanas, la calidad de los
jardines y la conformidad arquitectónica. DATOS SOBRE LA CONSTRUCCION Datos sobre
la condición general de una propiedad: externa, interna, deterioro,
obsolescencia. DEHESA Tierra
generalmente acotada y por lo común destinada a pastos. DEMANDA.- Es el conjunto de bienes y
servicios que los consumidores están dispuestos a adquirir en el mercado, en
un tiempo determinado y a un precio dado, considerando otros factores como
población, ingreso, precios futuros y preferencias particulares. DEMARCAR Señalar los
límites de un terreno. Colocar mojoneras DEMOSTRACION ESPECIAL Casa
abierta. DENSIDAD DE CONSTRUCCION Número de
viviendas que pueden construirse en un predio dependiendo del uso del suelo
permitido. DENSIDAD DE POBLACION Número de
habitantes por unidad de superficie. DEPARTAMENTO Cada una de
las partes en que se divide una edificación habitacional. DEPENDENCIA
GUBERNAMENTAL.- Las señaladas en el artículo 2 de La Ley Orgánica de la Administración
Pública Federal: I. Secretarías de Estado II. Departamentos Administrativos
III. Consejerías Jurídicas. DEPOSITO EN GARANTIA Cierre de una
operación a través de un tercero llamado depositario, quien recibe fondos o
documentos para ser entregados al satisfacerse ciertas condiciones descritas
en las instrucciones que recibe; sobre cerrado y sellado en que se guarda un
documento cuyo contenido debe hacerse público en un momento determinado. DEPOSITO INDUSTRIAL Estructura,
generalmente de hormigón armado, donde pueden almacenarse bienes. DEPOSITO Cantidad para
garantizar el cumplimiento de una obligación; contrato por el cual el
depositario se obliga a recibir una cosa que se confía y a guardarla para
restituirla cuando la pida el depositante. DEPRECACION ACELERADA Consiste en
reducir los años de vida útil de los bienes que conforman el activo
inmovilizado. DEPRECIACIÓN
ACUMULADA.- Es la
suma que representa el total de la pérdida del valor ocasionado por el
deterioro físico, obsolescencia tecnológica y obsolescencia económica. La
depreciación total acumulada es a una fecha determinada. DEPRECIACIÓN
ANUAL.- Es el
contexto de un avalúo, es el cargo anual por depreciación que se considera
tendrá cada bien o equipo en términos económicos y de producción en el
período de su vida útil remanente y se determina como el cociente de dividir
el valor neto de reposición entre la vida útil remanente. DEPRECIACIÓN
CURABLE.-
Elementos de deterioro físico y obsolescencia funcional que son posibles de
curar económicamente, es decir donde su costo de cura produce un beneficio
mayor en valor. DEPRECIACIÓN
FÍSICA.- Es la
pérdida de utilidad en un activo fijo, atribuible estrictamente a causas
físicas; tales como uso y desgaste. DEPRECIACIÓN
INCURABLE.-
Aquellas partidas de deterioro físico y de obsolescencia funcional que no se
pueden curar económicamente, es decir donde su costo de cura es mayor que el
beneficio que produce. DEPRECIACIÓN
LINEAL.- Es el
Método para amortizar el costo neto de los activos fijos en anualidades
iguales a lo largo de su vida útil estimada. DEPRECIACIÓN
OBSERVADA.- Es la
pérdida de valor acumulada, determinada no por las provisiones anuales
basadas en la expectativa de vida en servicio, sino mediante la inspección
física en un avalúo de su estado de operación, y expresada ordinariamente
como porcentaje del costo original o del costo de reemplazo. DEPRECIACION Corresponde a una
parte del valor del bien, originada por su uso, el que es factible de cargar
al resultado de la empresa y que se origina por el valor del bien reajustado
y la vida útil de éste. DEPRECIACION Disminución
del valor o del precio de un inmueble debido a cualquier causa; disminución
en el valor de los activos de una empresa por el transcurso del tiempo o por
el uso que se les da, de acuerdo con el valor en libros. DEPRECIACIÓN.- Es la pérdida de valor del
costo nuevo de un bien ocasionada por el uso, el deterioro físico, la
obsolescencia funcional-técnica, (interna), y/o la obsolescencia económica
(externa). En contabilidad, depreciación se refiere a las deducciones
periódicas hechas para permitir la recuperación real o supuesta del costo
(valor) de un activo, durante un período establecido. DERECHO
DE EXPROPIACIÓN.- Es la Facultad de la Autoridad Gubernamental para hacerse de o
enajenar a su favor bienes particulares para fines de interés público. DERECHO
DE PASO: Es el
derecho o privilegio temporal o permanente, que se adquiere mediante el uso o
contrato, para pasar por una parte o franja de propiedad terreno que le
pertenece a otro. DERECHO DE PROPIEDAD Aquel que
permite gozar y disponer de una cosa con las limitaciones y modalidades que
fija la ley. DERECHO
DE PROPIEDAD.- Los derechos que están relacionados con el régimen de propiedad del
bien raíz. Estos incluyen el derecho a utilizar la propiedad, a venderla, a
rentarla, a regalarla, a desarrollarla, a cultivarla, a extraer minerales, a
alterar su topografía, a subdividirla, a agruparla y a utilizarla para la
recolección de desechos, o para no ejercer ninguno de estos derechos. La
combinación de estos derechos de propiedad a veces se conoce como el conjunto
de derechos. Los Derechos de Propiedad normalmente están sujetos a
restricciones públicas y privadas tales como servidumbres, derechos de paso,
densidad específica de construcción, zonificación y otras restricciones que
pueden afectar la propiedad. DERECHO DE USO Derecho para
percibir de los frutos de una cosa ajena, los que basten a las necesidades
del usuario y su familia. DERECHO DE USUFRUCTO Derecho real
y temporal de disfrutar bienes ajenos. DERECHO
DE VÍA.- Es la
franja o área afectada de un terreno, para uso, ocupación o paso de líneas o
vías del interés de un tercero o el público en general, libre de toda
obstrucción. DERECHO REAL Poder jurídico
que una persona ejerce directa e inmediatamente sobre una cosa, para
aprovecharla total o parcialmente, siendo éste oponible a todo el mundo. DERECHO.- Es la economía,
contraprestación que paga el contribuyente al Gobierno por la obtención de un
servicio directo y específico. Por ejemplo, pago del derecho por consumo de
agua municipal. DERECHOS AEREOS Aquellos que
en Los Países permiten usar el espacio abierto arriba de una propiedad,
autorizando generalmente que la superficie se use para otros propósitos. DERECHOS
DEL ARRENDADOR.- Son
los derechos de propiedad que conserva el arrendador o propietario sobre una
propiedad sujeta a un arrendamiento, en donde los derechos de uso y ocupación
se le transfieren al arrendatario o inquilino. DERECHOS
DEL ARRENDAMIENTO.- Son
los derechos de régimen de propiedad creados por las condiciones de un
contrato de arrendamiento y no por los derechos inherentes al régimen de
propiedad del bien raíz. DERECHOS
DEL ARRENDATARIO.- Son
los derechos de un arrendatario o inquilino sobre una propiedad arrendada,
incluyendo los derechos de uso y ocupación por un período específico a cambio
del pago de una prima y/o renta. Se pueden subdividir o arrendar a terceros. DERRAMA Incremento de las cuotas de la
Comunidad originado por la existencia de un gasto eventual. DESAHUCIO Procedimiento
judicial por el que se desaloja a un inquilino. DESALOJO Acto de hacer
salir o sacar de un lugar a una persona o a una cosa. DESARROLLO INMOBILIARIO Zona en
expansión, con un proyecto inmobiliario en construcción y promoción. DESLINDAR Señalar y
distinguir los límites precisos de un terreno. DESNIVEL
Diferencia de altura de un punto con otro. No nivelado. DESOCUPAR Dejar o
hacer dejar un inmueble arrendado ó alquilado. DESPENSA Cuarto entre
la cocina y el comedor donde se guardan los comestibles. DESVALORIZACIÓN.- Es el proceso mediante el cual
las cosas van perdiendo su valor con el paso del tiempo, lo cual se debe a:
a) uso constante y continuado, que provoca desgaste; b) obsolescencia; c)
cambio de modas y costumbres; d) avance tecnológico, etc. DESVAN Desván,
también conocido como una buhardilla, es una habitación en la parte superior
de una vivienda disponible bajo el caballete del tejado. DESVAN Un loft, desván o galería;
es un gran espacio con pocas divisiones, grandes ventanas y muy
luminoso. DETERIORO
FÍSICO.- Es una
forma de depreciación donde la pérdida en valor o utilidad de un bien es
atribuible a causas meramente físicas, como son el uso, desgaste o exposición
a los elementos. DEUDOR El que está obligado a
satisfacer una deuda. DEVALUACIÓN.- Es la disminución del valor de
una moneda respecto a otras monedas extranjeras. DEVENGAR Adquirir derecho
a percibir una retribución por algún servicio prestado. DIFERENCIAL Porcentaje que se añade al índice de referencia
en cada revisión del tipo de interés en los préstamos de interés variable. DISPOSICIONES Cantidades parciales del
importe del préstamo, que se van utilizando a medida que avanza el plazo del
mismo. DISPOSICIONES
DE DESVIACIÓN.-
Aquellas que se incluyen en una Norma Específica y que bajo ciertas
condiciones constituyen excepciones adecuadamente permitidas. Cuando se
recurre a ellas, deben manifestarse clara y suficientemente en los informes
de avalúo. DISTRIBUCIÓN
DEL COSTO DE COMPRA.- Es la distribución del pago total de una
propiedad entre el número de bienes que la constituyen. DIVISION EN PROPIEDAD
HORIZONTAL
División de un inmueble en varias fincas registrales independientes, a
las que se les asigna un coeficiente de copropiedad o participación del total
del inmueble. Se inscribe en el Registro de la Propiedad. DIVISIÓN HORIZONTAL Acto documentado en título
público, mediante el cual se divide un inmueble en varias y distintas fincas
registrales independientes, con asignación a cada una de ellas de un
coeficiente de copropiedad o participación en el total del inmueble. Se
inscribe en el Registro de la Propiedad. DOCUMENTO PRIVADO Aquel que recoge la voluntad de
quien lo otorga. Por ejemplo, si es una compraventa, recoge la voluntad de
las partes de transmitir la propiedad de una finca. No se firma en presencia
de ningún fedatario público, ni se inscribe en ningún Registro. DOCUMENTO PRIVADO Aquel que es
expedido por particulares sin intervención de funcionario o fedatario
público. DOCUMENTO PÚBLICO Documento que recoge la
voluntad de quien lo otorga y es autorizado por un Notario, lo que le faculta
para ser inscrito en el Registro de la Propiedad. Se conoce comúnmente como
escritura, y algunas de las más frecuentes son: hipoteca, compraventa, obra
nueva, división horizontal, etc. DOCUMENTO PÚBLICO En América
Latina, aquel expedido por funcionario o fedatario público en términos de la
ley. DOMICILIO Lugar donde
reside o tiene el principal asiento de sus negocios una persona física o
natural. De una persona jurídica o legal, el lugar donde la ley le fija su
residencia o donde se halle establecida su administración. DOMINIO
PLENO.- Es el
régimen de propiedad absoluto, sujeto a las limitaciones impuestas por el
estado. DONACIÓN.- Es el contrato por virtud del
cual una persona denominada “donante” transmite a título gratuito la
propiedad de un bien mueble o inmueble a otra persona denominada “donatario”. DORMITORIO Un
dormitorio, pieza, cuarto o habitación es una habitación usada, sobre todo,
para el sueño, el descanso. Sin embargo, también puede utilizarse para leer,
ver la televisión, vestirse o realizar otras actividades. En algunas
culturas, los dormitorios específicos constituyen una parte importante del
hogar. En otros, los espacios usados principalmente para otras actividades
por el día se convierten en dormitorios durante la noche. DUEÑO Quien tiene
dominio sobre una cosa. DUPLEX Unidad
habitacional independiente de circulación vertical en un inmueble de
departamentos que posee cuartos en dos niveles. |
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ECOLOGÍA.- Es el estudio de las
interrelaciones entre plantas y animales, o sea entre organismos vivos y su medio
ambiente. EDAD
CRONOLÓGICA.- Es el
número de años que han transcurrido desde la construcción o puesta en marcha
original de un bien. EDAD
EFECTIVA A LA RECONSTRUCCIÓN.- Es la edad aparente del bien al momento de
realizar una reconstrucción significativa del mismo, en comparación con un
bien nuevo similar. EDAD
EFECTIVA.- Es la
edad aparente de un bien en comparación con un bien nuevo similar.
Frecuentemente es calculada mediante la diferencia entre la vida útil
remanente de un bien y su vida útil normal. Es la edad de un bien, indicada
por su condición física y utilidad, que no necesariamente coincide con su
edad cronológica. EDAD Duración
útil de una edificación, calculada a partir de su construcción. EDIFICACION COMPLEMENTARIA Estructura
en un mismo terreno utilizada con fines distintos a los que se destina el
edificio principal. EDIFICACION Construcción de un
inmueble. Acción y efecto de edificar. EDIFICIO Obra construida
destinada a usos diversos. EFECTIVO.- Se refiere a la cantidad de
dinero que se posee una persona física o entidad. ELEMENTOS
ACCESORIOS DEL ARRENDATARIO.- Instalaciones y accesorios que no son
originalmente parte de un bien inmueble y que el arrendatario añade a la
propiedad y utiliza para llevar a cabo el negocio. (Ver elementos
accesorios). ELEMENTOS
ACCESORIOS.-
Bienes muebles que resultan necesarios para llevar a cabo funciones específicas
en inmuebles de uso especializado y que terminan siendo parte del mismo.
Ejemplos son: pantalla de proyección en un cine, bóveda de seguridad en un
banco, sistema de seguridad en un condominio, etc. EMANCIPACION Acto jurídico que
libera al menor de la patria potestad o de la tutela, otorgándole la
administración de sus bienes. EMPAQUE
Y EMBALAJE.- Es el
costo de preparar alguna maquinaria y equipo para su envío al comprador,
mediante un empaque y embalaje adecuados. EMPRESA.- Es la persona física o moral
propietaria de los activos circulantes y de un conjunto de activos fijos
(terrenos, construcciones, instalaciones, maquinaria, mobiliario y equipo),
vinculados a activos intangibles e integrados conforme a una tecnología que
les permiten producir bienes o prestar servicios en condiciones definidas de
calidad y costo; es responsable de los pasivos reales o contingentes y
gobierna la operación y el desarrollo de ese conjunto de activos. ENAJENACIÓN.- Es el acto por medio del cual
se transmite la propiedad de uno o más bienes mediante los procedimientos a
título gratuito u oneroso que establece la Ley. Ver venta ENAJENAR Transmitir a otro
una propiedad. ENFOQUE
BASADO EN LOS ACTIVOS.- Método para estimar el valor de un negocio en el que se examina el
Balance General que muestra todos los activos tangibles e intangibles y todos
los pasivos, a su valor de mercado, o a su valor en libros. Cuando se utiliza
este enfoque en valuaciones que comprenden negocios en operación, el estimado
de valor obtenido debe compararse junto con los estimados de valor obtenidos
por otros enfoques. ENFOQUE
DE COSTOS.- Es el
método para estimar el valor de una propiedad o de otro activo que considera
la posibilidad de que, como sustituto de ella, se podría construir o adquirir
otra propiedad réplica del original o una que pueda proporcionar una utilidad
equivalente con el mismo costo. Tratándose de un bien inmueble el estimado
del Valuador se basa en el costo de reproducción o reposición de la
construcción y sus accesorios menos la depreciación total (acumulada), más el
valor del terreno, al que se le agrega comúnmente un estimado de la utilidad
empresarial o las pérdidas/ganancias del desarrollador. ENFOQUE
DE INGRESOS.- Es
el método para estimar el valor que considera los datos de ingresos y egresos
relativos a la propiedad que se está valuando, y estima el valor mediante el
proceso de capitalización. La capitalización relaciona el ingreso
(normalmente una cifra de ingreso neto) y un tipo de valor definido,
convirtiendo una cantidad de ingreso en un estimado de valor. Este proceso
puede considerar una capitalización directa (en donde una tasa de
capitalización global o todos los riesgos que se rinden se aplican al ingreso
de un solo año), o bien tasas de rendimiento o de descuento (que reflejan
medidas de retorno sobre la inversión) que se aplican a una serie de ingresos
en un período proyectado. El enfoque de ingresos refleja el principio de
anticipación. ENFOQUE
DE MERCADO.-
Cualquier enfoque para valuar basado en el uso información que refleje las
transacciones del mercado y el razonamiento de los participantes del mercado.
Ver Método Comparativo de Mercado. ENGANCHE Cantidad que se
paga al inicio de una operación de compraventa a plazos. ENTIDAD
GUBERNAMENTAL. Las
señaladas en el artículo 3 de la Ley Orgánica de la Administración Pública
Federal: I. Organismos Descentralizados II. Empresas de participación
estatal, Instituciones Nacionales de Crédito, Organizaciones Auxiliares
Nacionales de Crédito e Instituciones Nacionales de Seguros y Fianzas, y III.
Fideicomisos. ENTIDAD,- Es un individuo, una sociedad
mercantil o anónima u otra forma cualquiera de organización, autorizada por
la ley o por la costumbre, para poseer bienes o efectuar transacciones
comerciales. EQUILIBRIO
ECONÓMICO.- En
la teoría económica se habla de equilibrio cuando: a) la oferta es igual a la
demanda; b) los ingresos de venta son igual a los gastos de consumo; c) los
costos de producción igualan a los ingresos de los factores productivos. El
equilibrio en el mercado se alcanza cuando la oferta y la demanda que llegan
a él se igualan con los diferentes precios. EQUIPO
AUXILIAR.- Es un
accesorio o mejora que forma parte de una unidad principal pero que pueden
ser adquiridos o instalados por separado; por ejemplo el motor de una
máquina. EQUIPO.- Es el término genérico con el
que se definen todos los bienes muebles requeridos para la producción,
incluyendo la instalación y servicios auxiliares que en su conjunto se
diseñan y fabrican para propósitos generalmente industriales, sin importar el
método de instalación y sin excluir aquellos rubros de mobiliarios y
dispositivos necesarios para la administración y operación de la empresa. ESCALERA CARACOL Tipo de escalera
curva cuyos escalones giran en torno a una pilastra central. ESCALERA MECANICA Escalera de
movimiento continuo para subir o bajar. ESCALERA RECTA Escalera que
se extiende en una sola dirección. ESCALERA Serie de peldaños
conectados por descansos que permiten el paso entre pisos. ESCRITURA
DE PROPIEDAD.- Es un instrumento escrito y autentificado mediante el cual se lleva a
cabo una traslación de dominio sobre bienes raíces. ESCRITURA Documento público firmado y
autorizado por un Notario que da fe de su contenido y que lo faculta para ser
inscrito en el Registro. ESCRITURA PÚBLICA Es el
contrato definitivo de compra-venta que se firma ante Notario y atribuye la
propiedad al comprador, que resulta propietario de lo comprado. ESCRITURA TRASLATIVA DE
DOMINIO Documento
por el cual se determina el traspaso de dominio sobre una propiedad entre un
vendedor y un comprador. ESCRITURA Instrumento
original que un notario asienta en el protocolo, para hacer constar un acto
jurídico y que contiene la firma de los comparecientes, el sello y la firma
del mismo. ESCRITURAR Hacer constar por
medio de un instrumento público notarial un acto jurídico. ESPACIO ABIERTO Nombre que se le
da en planeación urbana a parques, áreas recreativas, ecológicas y todo
espacio no ocupado por inmuebles. ESPACIO Capacidad de
un terreno o de una construcción. ESPECIALIDAD EN BIENES
RAICES
Área de enfoque definida por el tipo de inmueble manejado con más
frecuencia por el corredor o la inmobiliaria como propiedades habitacionales,
comerciales, oficinas, industriales y centros comerciales. ESTABLECIMIENTO Lugar donde
se ejerce una actividad comercial o de servicios. ESTACIONAMIENTO Inmueble o espacio
señalado en el mismo para colocar los vehículos de transporte. ESTADOS
FINANCIEROS.- Es el
conjunto de informes contables convencionales para una entidad, constituido
principalmente por Estado de Resultados, (Pérdidas y Ganancias), Balance
General (Situación Financiera), y Estado de Flujo de Efectivo (Flujo de
Caja), los cuales se preparan en forma mensual o al final del ciclo contable
o período fiscal. ESTATUTOS Reglas que tienen fuerza de ley
para el gobierno de un organismo. Sirven para regular la actuación de la Comunidad
de Propietarios. ESTILO Carácter y suma de
muchas peculiaridades fácilmente distinguibles en una construcción que por lo
general coinciden con una época determinada. ESTIMACION DE MERCADO
Determinación del estimado apropiado del valor de mercado, usando
comparación de ventas. ESTRUCTURA Distribución de las
partes de una construcción. ESTUDIO DE MERCADO.- La concepción de
ese mercado es entonces la evolución de un conjunto de movimientos a la alza y
a la baja que se dan en torno a los intercambios de mercancías específicas o
servicios y además en función del tiempo o lugar. Aparece así la delimitación
de un mercado de productos, un mercado regional, o un mercado sectorial. Esta
referencia ya es abstracta pero analizable, pues se puede cuantificar,
delimitar e inclusive influir en ella. ESTUDIO Habitación
de trabajo en una casa. Departamento multifuncional de una recámara equipado
con ciertos implementos de cocina y baño aparte. EXCAVACION A CIELO
ABIERTO Excavación
a nivel de superficie en un terreno. EXPROPIAR.- Es la privación a
particulares, ejidos o comunidades de la titularidad de un bien o de un
derecho, dándole a cambio una indemnización. Se efectúa por motivos de
utilidad pública o de interés social previstos en las leyes. |
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FACHADA Pared exterior
principal de una construcción. Cara exterior de un inmueble que por lo general
se distingue por la presencia de un mayor número de detalles arquitectónicos
y ornamentales. FACHALETA Tabique que
se utiliza en la parte visible de una construcción por su mejor acabado o
cualidades ornamentales. FACTOR
DE ÁREA.- Aplicada en el análisis de afectación de los
terrenos, es el que resulta de la comparación del lote tipo y el lote en
estudio por sus diferenciales en superficie. FACTOR
DE DEMÉRITO.- Es el
índice que refleja las acciones que en total deprecian al valor de reposición
nuevo, permitiendo ajustar al mismo según el estado actual que presenta el
bien. FACTOR
DE DEPRECIACIÓN.- Ver
factor de demérito. FACTOR
DE DESCUENTO.- Es un multiplicador necesario para reducir los flujos de efectivo que
genera un bien a valor presente. FACTOR
DE FRENTE.- Aplicada en el análisis de afectación de los
terrenos, es el que resulta de la comparación del frente del lote tipo y el
lote en estudio por sus diferenciales en relación al frente de los mismos. FACTOR
DE HOMOLOGACIÓN.- Es la cifra que establece el grado de igualdad y semejanza expresado
en fracción decimal, que existe entre las características particulares de dos
bienes del mismo género, para hacerlos comparables entre sí. FACTOR
DE OBSOLESCENCIA.- Contribución técnica o económica a la pérdida de valor que tiene un
bien y puede ser técnico-funcional (pérdida en el valor resultado de una
nueva tecnología o por otros factores intrínsecos del bien) o bien económica
(pérdida en valor o utilidad del bien, ocasionada por fuerzas económicas
externas al mismo). FACTOR DE UBICACIÓN.- Aplicada en el análisis de afectación de los terrenos, es el que
resulta de la comparación con relación a la zona en investigación y la
ubicación determinada del terreno, esto puede ser que sea beneficiado por las
instalaciones, orientación tipo de calle y el entorno en general de la zona. FACTOR
RESULTANTE.- Es
el complemento del factor de demérito o sea aquella fracción que mide el
valor de un bien al compararlo con el valor de un bien nuevo después de
ajustarlo por su depreciación total. FACTOR
RESULTANTE.- Es
el complemento del factor de demérito o sea aquella fracción que mide el
valor de un bien al compararlo con el valor de un bien FACTOR
TOPOGRAFÍA.- O Topográfico. Aplicada en el análisis de afectación de
los terrenos, es el que resulta de la idealización de un terreno plano sin accidentes
topográficos y la comparación de lo accidentado que pueda estar el terreno en
estudio con relación a su topografía ya sea con pendientes con respecto a su
frente de banqueta, ya sean con inclinación positiva o negativa. FACTORES EXTERNOS Según este
principio, factores externos a una propiedad pueden influir su valor. FACTORES
EXTERNOS.- Se
considera a los factores que pueden influir en el valor de un bien y pueden
ser entre otros: inflación tasas de interés bancario; disponibilidad de
créditos hipotecarios; el nivel económico o el atractivo de un vecindario. FALLA Quiebra que
los movimientos geológicos causan en un terreno. FECHA CONTABLE Fecha en la que se contabiliza,
se registra o imputa. No es válida para ningún cálculo. FECHA VALOR Fecha en la que una operación
se realiza, que sirve de referencia para cualquier cálculo (intereses, por
ejemplo). No implica movimiento físico de dinero, sólo el nacimiento de un
deber u obligación, o el reconocimiento de los mismos. FEDATARIO PÚBLICO Denominación genérica aplicable
al Notario y a otros funcionarios que dan fe pública. FIANZA Obligación que uno adquiere de
hacer algo a lo que otro se ha obligado, en caso de que éste no lo haga.
Prenda que da el contratante en seguridad del buen cumplimiento de su
obligación. FIANZA Es el
importe que se entrega a cuenta para reservar el derecho de compra de un
inmueble. FIDEICOMISARIO O DESTINATARIO
FINAL
Es la persona a quien deben entregarse los bienes cuando finalice el
plazo del fideicomiso o se verifique la condición. Puede ser el beneficiario
o el fiduciante. FIDEICOMISO Habrá fideicomiso
cuando una persona (fiduciante) transmita la propiedad fiduciaria de bienes
determinados a otra (fiduciario), quien se obliga a ejercerla en beneficio de
quien se designe en el contrato (beneficiario), y a transmitirlo al
cumplimiento de un plazo o condición al fiduciante, al beneficiario o a otro
fideicomisario. FIDEICOMISO.- Es el contrato por virtud del
cual una persona denominada “fideicomitente” encomienda a una institución de
crédito denominada “fiduciaria” la administración de determinados bienes o
recursos para alcanzar un fin específico, en beneficio de una o varias
personas denominadas “fideicomisarios”. FIDEICOMITENTE Persona natural o
legal que tenga capacidad para hacer la afectación de bienes que el
fideicomiso implica. FIDUCIANTE 1- Titular de los
bienes que se transmiten y quien designa al fiduciario, beneficiario y
destinatario final de los bienes. FIDUCIARIO 1- Es el titular
de los bienes que conforman el patrimonio de afectación durante la vigencia
del fideicomiso. Su función es ejercer la propiedad fiduciaria de los bienes
fideicomitidos en beneficio de quienes se designe y transmitirlos, al final
del fideicomiso, al fideicomisario. 2- Es el que recibe la propiedad
fiduciaria y debe cumplir con el mandato de darles a los bienes el destino
previsto en el contrato. Tiene que rendir cuentas de su gestión y puede ser
una persona física o jurídica. FINANCIACIÓN Cantidad de dinero prestado.
Para la adquisición de una vivienda suele oscilar entre el 70% y el 80% del
valor real del inmueble que se compra. FINANCIAMIENTO
HIPOTECARIO Préstamo con garantía real otorgado por una institución
autorizada, para ello, destinado a la construcción, compra, acondicionamiento
o mejoramiento de un inmueble. FINANCIAMIENTO.- Es la aportación de capitales
necesarios para el funcionamiento de la empresa. Las fuentes de
financiamiento pueden ser internas o externas. El financiamiento interno se
realiza invirtiendo parte de los beneficios de la empresa; el financiamiento
externo proviene de los créditos bancarios o de la emisión de valores como
las acciones y las obligaciones. FINCA Término con que se designa a un
inmueble en el Registro de la Propiedad. Cada vivienda se dice que es una
"finca registral". FINCAS Inmuebles. Son las
cosas que no pueden transportarse de un lugar a otro, como las tierras y
minas y las que se adhieren permanentemente a ellas, como edificios y
árboles. FLETES
Y SEGUROS.- Es el
costo total de cargar, embarcar y descargar en el almacén del comprador,
incluyendo la cobertura el seguro de transporte. FLUJO
DE EFECTIVO.- Es el
ingreso neto periódico que se estima será producido por los ingresos menos
los gastos / salidas en la operación y la reversión de un bien que produce
ingresos. El flujo de efectivo neto se define también como el efectivo
disponible para el accionista o para el capital invertido. FOLLETO Publicación
compactada o descriptiva destinada a promover bienes o servicios
inmobiliarios. FOSA SEPTICA Depósito
subterráneo que recibe las aguas residuales del sistema de drenaje de una
casa, diseñado para retener la materia orgánica y dejar correr los líquidos. FRACCIONAMIENTO División de un predio de
grandes dimensiones. El fraccionamiento puede ser urbano, campestre,
industrial o agrícola. El fraccionamiento urbanizado es aquel que además de
estar dividido en lotes, cuenta con la infraestructura, el equipamiento y los
servicios necesarios conforme a su naturaleza. FRANQUICIA.- Es el tipo de organización
empresarial en el que una empresa ya establecida firma un contrato con alguna
persona o varias, para mediante un pago, distribuir los productos de la
empresa que otorga la franquicia. FRUTOS CIVILES Rentas de los
inmuebles. Todo aquello que no siendo producido directamente por un inmueble
se genera en virtud de un contrato o por disposición de la ley. FRUTOS
INDUSTRIALES Aquellos que producen un inmueble mediante
el cultivo o el trabajo. FRUTOS NATURALES Producción
espontánea de la tierra. FUSION Unión de los
derechos colindantes. FRUTOS Todo aquello que
produce un bien natural, industrial o civilmente. La propiedad da derecho en
principio a ellos. FUSIÓN.- Se le llama así a la unión de
dos o más empresas, mediante la adquisición que una de ellas hace de los
activos netos (o capital) de la otra u otras. |
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GARANTE Aquel que da
una garantía. GARANTIA PERSONAL Patrimonio del deudor
que comprende todos sus bienes presentes y futuros. Sirve de garantía para el
cumplimiento de cualquier obligación. Existe la posibilidad de que responda
con sus bienes una tercera persona que no sea el deudor. GARANTIA Dinero, activo
físico o financiero o cualquier otro medio destinado a asegurar el
cumplimiento de una obligación. GASTO.- Egreso o salida de dinero, con
fines cualesquiera que no sean los de inversión. Se habla de gastos de
consumo, gastos de representación, gastos generales gastos menores, etc. GASTOS
DE ADMINISTRACIÓN.- Es
la suma de todos los gastos que requiere un bien inmueble para su recepción,
registro, custodia, conservación, supervisión, cobranza y, en su caso,
destrucción o enajenación, tales como: honorarios; sueldos y salarios; gastos
legales; servicios de vigilancia, transporte, embalaje y almacenamiento;
avalúos; aportaciones; derechos; impuestos y otras contribuciones; seguros;
papelería, energía eléctrica y gastos indirectos. GASTOS DE GESTORIA Son los
gastos que se derivan de los trámites de la escritura, de la liquidación de
impuestos y de las gestiones que se llevan a cabo en el Registro de la
Propiedad. GASTOS
DE IMPORTACIÓN.- Es el costo establecido de acuerdo a la Ley del Impuesto General de
Importación de México, la cual clasifica todos los bienes objeto de comercio
internacional y determina el pago de impuestos de importación para cada
producto específico. Se agregan también otros gastos como los de agentes
aduanales, etc. GASTOS DE
MANTENIMIENTO Costos incurridos por el funcionamiento diario de un
inmueble, como sueldos, combustible, servicios públicos, decoración y
reparaciones. GASTOS DE OPERACION Gastos recurrentes
esenciales para la operación y mantenimiento continuos de un inmueble. GASTOS
DE OPERACIÓN.- Son los gastos en que se incurre al generar un ingreso. En bienes
raíces, estos gastos incluyen, pero no necesariamente se limitan al impuesto
predial, seguros, reparaciones, mantenimiento y a los honorarios
administrativos. GASTOS DE REGISTRO Son los
gastos generados al inscribirse la hipoteca en el Registro de la Propiedad.
Estos gastos serán por cuenta del prestatario. GASTOS Expensas. GESTOR Persona física o
moral que se encarga de la tramitación de las escrituras de compraventa y préstamo
hipotecario hasta su perfecta inscripción en el Registro de la Propiedad. GLOBALIZACIÓN
ECONÓMICA.- Es el
proceso de integración económica entre países, donde los procesos productivos,
de comercialización y de consumo se van asimilando, de tal forma que se
conforma un conjunto entre los países. GRANJA Una granja o
chacra (del latín: granica = granero) es un terreno rural en el cual se
ejerce la agricultura o la cría de ganado, ya sea este menor o mayor. GRAVAMEN Carga impuesta
sobre un inmueble; derecho otorgado por la ley a ciertos acreedores para que
obtengan el pago de adeudos por medio de la venta judicial de una propiedad;
cualquier cosa que disminuya el valor, el uso o el goce de una propiedad. GRAVAMEN.- Es toda carga o impuesto sobre
actividades económicas, capitales o propiedades. |
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HABITACION Un dormitorio,
pieza, cuarto o habitación es una habitación usada, sobre todo, para el sueño,
el descanso. Sin embargo, también puede utilizarse para leer, ver la
televisión, vestirse o realizar otras actividades. HACIENDA Conjunto de bienes, haberes o
rentas públicos o privados. Finca agrícola o ganadera. HALL Estar de
recepción. HECTAREA Superficie de
terreno que equivale a 10,000 m2. HIPOTECA Derecho real que se constituye
en garantía del cumplimiento de unas obligaciones contraídas con un tercero
(préstamo, letras). Además del pago del principal, garantiza el cobro de los
intereses ordinarios, moratorios, costas y gastos derivados de la eventual
reclamación judicial en caso de incumplimiento en el pago. Aunque no
exclusivamente, las hipotecas más habituales recaen sobre bienes inmuebles.
Se formalizan en documento público y sus derechos se constituyen con la
inscripción en el Registro de la Propiedad. HIPOTECA Derecho real que se
confiere a un acreedor y que recae sobre un inmueble que no por eso deja de
estar en poder del deudor para garantizar el cumplimiento de una obligación
principal, facultando al acreedor para venderlo y pagarse con preferencia a
cualquier otro acreedor, en caso de incumplimiento por parte del deudor. HIPOTECA.- Es el derecho real que se tiene
sobre bienes inmuebles dejados como garantía de un crédito hipotecario. HIPOTECANTE Persona que afecta un bien
inmueble de su propiedad en garantía del cumplimiento de una obligación
propia o ajena. HOMOLOGACIÓN.- Es la acción de poner en
relación de igualdad y semejanza dos bienes, haciendo intervenir variables
físicas, de conservación, superficie, zona, ubicación, edad consumida,
calidad, uso de suelo o cualquier otra variable que se estime prudente
incluir para un razonable análisis comparativo de mercado o de otro
parámetro. HONORARIOS Retribución que
recibe un prestador de servicios inmobiliarios por los servicios que presta. HORIZONTE.- Es el punto en el futuro que se
considera como límite en un análisis económico. HOTEL Inmueble con la
distribución y las instalaciones necesarias para brindar servicios de
hotelería. HUECOS
VERTICALES PRINCIPALES.- Es el conjunto de huecos verticales (cubos de elevadores,
escaleras, cubos de luz, etc.) y huecos registrables de las instalaciones
generales de un inmueble. |
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IGUALA Convenio
celebrado entre un cliente y un prestador de servicios inmobiliarios, en virtud
del que el primero conviene en pagar periódicamente, durante un lapso
determinado, los honorarios establecidos a cambio de que el segundo le preste
servicios específicos. IMPRESCRIPTIBLE.- Son los derechos y
obligaciones que se ejercen sobre un inmueble y que no desaparecen por el
mero transcurso del tiempo. IMPUESTO DE TRANSMISIONES
PATRIMONIALES Impuesto que grava las segundas y posteriores transmisiones de
patrimonio que implican un intercambio de bienes. IMPUESTO
SOBRE LA RENTA.- Es la contribución que grava el ingreso de las personas y entidades
económicas (personas físicas y morales). IMPUESTO.- Es la contribución, cantidad de
dinero o especie que el Gobierno cobra por ley a los particulares, con el
objeto de sostener los Gastos Gubernamentales y los servicios que proporciona
a la Sociedad. INAJENABLE Calidad que tiene
un bien por disposición de la ley en virtud de la cual no puede ser objeto de
enajenación. INALIENABLE Inmueble que no se
puede vender o que está fuera del mercado. INALIENABLE.- Es aquella condición de un
bien, en la cual este no puede ser enajenado. INDEMNIZACIÓN.- Es la acción o efecto de
indemnizar. INDEMNIZAR.- Es el resarcimiento de un
daño o perjuicio causado por un acto de gobierno o autoridad mediante el pago
correspondiente. ÍNDICE
DE PRECIOS AL CONSUMIDOR.- INPC, Es la razón matemática que
muestra la evolución de los precios de las mercancías y servicios que compran
los consumidores. El índice de precios al consumidor puede ser nacional o por
ciudad, y se obtiene como promedio del incremento de precios de algunos
artículos y servicios representativos del consumo general, previa selección
del conjunto de mercancías y servicios que se tomarán en cuenta para el
promedio. El índice nacional de precios al consumidor se da a conocer
mensualmente, y la suma de los doce meses representa el incremento anual
promedio. A este índice también se le llama índice de precios al menudeo. ÍNDICE DE REFERENCIA Valor que se utiliza como base
de cálculo para obtener el tipo de interés que se aplicará a un préstamo a
tipo de interés variable, cuando se produzca el momento de la revisión. El
tipo de interés revisado se calcula añadiendo al índice de referencia un
margen o diferencial. INDICE DE REFERENCIA Lo componen los
valores del mercado hipotecario o financiero empleados para revisar los tipos
de interés de los préstamos a tipo variable. ÍNDICE DE SATURACIÓN.- Medida en porcentaje de la
ocupación que presenta determinada zona para determinar su posible capacidad
de desarrollo. INDICE Indicador que sirve para el
cálculo del incremento o el decremento en el precio de un bien o servicio. INDIVISO Se refiere a aquellas fincas que no tiene
partición posible. INDIVISO Porcentaje de copropiedad
sobre las áreas comunes que tienen cada uno de los condominios en un inmueble
sujeto al régimen de condominio. INDIZACIÓN.- Es una herramienta usada para
estimar el valor actual de un bien, en el cual un factor de actualización es
aplicado al valor o costo histórico del bien en otra fecha. INDUSTRIA.- Es el conjunto de actividades
económicas que tiene como finalidad la transformación y la adaptación de
recursos naturales y materias primas semi elaboradas en productos acabados de
consumo final o intermedio, que son los bienes industriales o mercancías. INFLACIÓN.- Este fenómeno económico se da
como un proceso sostenido y generalizado de aumento de precios, provocado
generalmente por un exceso de dinero circulante en relación con las
necesidades de la producción. INFORME
DE AVALÚO.- Es un
informe a manera de comunicación oral, escrita, magnética o electrónica como
resultado de un avalúo, revisión o análisis económico. Es el documento que es
remitido a la institución o al cliente, al completarse, desarrollarse y
concluirse un trabajo de valuación. INFORMES SOBRE LA PROPIEDAD Documentos
federales y estatales obligatoriamente compilados por las empresas que
subdividen terrenos y por los urbanizadores, con el fin de brindarle a los
compradores potenciales la mayor información posible en relación con una
propiedad antes de que realicen una operación. INGENIERÍA
BÁSICA.- Son los
cargos indirectos por el diseño conceptual de una instalación o edificio.
Generalmente no se carga al activo fijo. INGENIERÍA
DE DETALLE.- Es el
cargo indirecto por el diseño, planos y supervisión en la elaboración,
fabricación o construcción de un bien. Se contabiliza como parte del activo
fijo. INGRESO BRUTO Monto de
ingreso total recibido sin deducción alguna. INGRESO
BRUTO.- Es
el ingreso o renta que genera un bien en un período, antes de deducir ningún
gasto o pago. INGRESO
NETO.- Es
el ingreso que queda después de deducir los gastos de operación y
mantenimiento. Puede ser estimado antes o después de gastos financieros y / o
impuestos. INGRESOS DEMOSTRABLES Son aquellos
ingresos que pueden ser verificados objetivamente. Ejemplo: recibo de
sueldos. INGRESOS NETOS Son aquellos
ingresos que figuran en el recibo de sueldos libres de impuestos o en mano. INMATRICULACION Inscripción en un
registro público de la propiedad de la posesión de un inmueble que carece de
antecedentes registrales. INMOBILIARIO Relativo a los
bienes inmuebles. INMUEBLE Bien que no puede
ser trasladado de un lugar a otro sin que se altere o destruya su naturaleza. INMUEBLE.- Ver Bien Inmueble o Bien
Raíz. INMUEBLES
CATALOGADOS.- Son
todos aquellos inmuebles clasificados por Instituciones como el INAH o el
INBA, ubicados en centros históricos o zonas de valor cultural o artístico
que por sus características propias como edad, género y relevancia dentro del
marco histórico, cultural o estético, forman parte de la identidad de un
país, ciudad, población o barrio. INMUEBLES OCIOSOS Son aquellos
inmuebles que han quedado obsoletos frente a la demanda actual de las
empresas. INQUILINO Arrendatario
o locatario de un bien inmueble. INSCRIPCIÓN REGISTRAL Cada una de las anotaciones
practicadas en el Registro de la Propiedad Inmobiliaria. Las más habituales
son: asientos de presentación, asientos, anotaciones preventivas,
cancelaciones y notas marginales. INSCRIPCION Acto por el que se
asienta en términos de la legislación vigente en un registro público, la
existencia de cualquier acto, derecho o carga relativo a un inmueble. INSTALACIÓN
Y MANO DE OBRA.- Es
el costo que se carga generalmente por concepto de materiales y mano de obra
que se requieren para ensamblar e instalar equipos o para realizar
construcciones. INSTALACIONES
ESPECIALES.- Son
equipos adheridos o instalados permanentemente a un bien inmueble de uso
común, por lo que terminan siendo parte inherente del mismo inmueble y, en
cierta medida, indispensables para el funcionamiento de éste. Ejemplos:
elevadores, calefacciones, subestaciones eléctricas, etc. INTERÉS Cantidad pagada como
remuneración por la disposición de una suma de dinero que se toma prestada. INTERÉS
COMPUESTO.- Es el
beneficio o rendimiento en dinero que se gana tanto del capital inicial, como
del interés ganado por el capital inicial en periodos sucesivos. El interés
que se gana en un periodo se convierte en parte del capital inicial en el
periodo siguiente. A esto último se le llama “Capitalización de Intereses”. INTERÉS DE DEMORA Porcentaje adicional que se
cobra sobre las cuotas impagadas de un préstamo y proporcionalmente a los
días de retraso en el pago. Su fin es resarcir al acreedor del retraso del
deudor en el pago de la obligación. INTERES DE DEMORA Interés
adicional que se cobra sobre las cuotas impagadas de un préstamo. Se calcula
en función de los días de retraso en el pago, son pactados a priori por la
entidad financiera y el cliente. INTERES FIJO
El tipo de interés nominal permanece invariable a lo largo de la vida
del préstamo con independencia de las variaciones del mercado hipotecario.
Permite asegurar que aunque varíen los tipos de interés, no cambiarán las
condiciones de su préstamo, y pagará siempre lo mismo. INTERÉS
REAL.- Es el
beneficio o rendimiento en dinero que gana el capital por arriba de la
inflación en un periodo dado. INTERÉS
SIMPLE.- Es el
beneficio o rendimiento en dinero obtenido por un capital fijo, durante
cierto tiempo. INTERES VARIABLE Se fija en
relación con un índice de referencia, que evoluciona al alza o a la baja
según las oscilaciones del mercado, al que se suma un margen o diferencial,
estableciéndose una revisión periódica de actualización del índice. En esta
modalidad, el tipo de interés se revisa semestralmente, de modo que la cuota
mensual se ajusta a las tendencias del mercado. En este caso, el plazo de su
préstamo se mantendrá siempre fijo, variando periódicamente las cuotas
mensuales. INTERES Es el precio que el
emisor paga a los tenedores de los título un prestatario paga a un
prestamista para conseguir una suma de dinero a utilizar durante un período
determinado. INVENTARIO.- Es un documento en el cual se
anota una relación ordenada de los bienes de una persona, entidad, o una
comunidad. Los establecimientos industriales y comerciales, realizan
periódicamente sus inventarios con el propósito de conocer la cantidad de
mercancías (producidas, en elaboración y almacenadas) con las que cuentan. INVERSIÓN.- Es la suma de dinero
necesaria para adquirir un bien que se espera produzca un flujo aceptable de
ingreso, incremente en el valor del capital y le preste un servicio. INVESTIGACIÓN
DE MERCADO.- Es
un estudio de las condiciones de oferta y demanda del mercado para un tipo
específico de bien mueble o inmueble, considerando bienes comparables
apropiados con tendencias físicas, económicas y sociales. INVESTIGACION DEL TITULO Examen en un
registro público de la propiedad para determinar la titularidad de un
inmueble. |
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JACAL En México;
choza. JOYA.- Es el término que comprende
todos aquellos pequeños objetos decorativos de metales preciosos, contengan o
no piedras preciosas JUSTIPRECIACIÓN
DE RENTA COMO NEGOCIO EN MARCHA.- Es la determinación de lo que vale un contrato de
arrendamiento de una unidad productiva, a través de un modelo económico y
financiero, que considera la capacidad de pago de renta en función de los
ingresos y de los egreso de la unidad productiva, el monto de la inversión en
activos, el capital de trabajo y la rentabilidad de mercado sobre este tipo
de negocios. JUSTIPRECIACIÓN
DE RENTA.- Es
el resultado del proceso de estimar el monto más apropiado, expresado en
términos monetarios, a pagar por el arrendamiento de un bien. |
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LADRILLO APARENTE Tabique que se
utiliza en la parte visible de una construcción por su mejor acabado o cualidades
ornamentales. LANZAMIENTO Desocupación de
una localidad arrendada en cumplimiento a una sentencia dictada por un órgano
jurisdiccional competente. LATIFUNDIO Finca rústica de
gran extensión. LIBERTAD DE
GRAVAMEN Documento expedido por el registro público de la
propiedad, en el que se hace constar que no existe anotación alguna que
señale carga u obligación en relación con un inmueble determinado. LIMITAR Demarcar un
terreno. LIBRE DE GRAVAMEN O
CARGAS Se dice
de la finca sobre la que no pesa ninguna limitación a su dominio. Es decir,
sobre la que no existen hipotecas, censos, cláusulas resolutorias,
usufructos, u otras limitaciones LICENCIA DE PRIMERA
OCUPACIÓN Instrumento
administrativo que autoriza a usar lo construido y acredita su conformidad
respecto a lo exigido en la licencia de obra. Este documento puede ser
sustitutivo de la cédula de habitabilidad. LICENCIA MUNICIPAL DE
OBRAS Documento
emitido por el Ayuntamiento por el que se otorga el derecho a edificar y a
iniciar las obras, acreditando la comprobación administrativa de que la obra
autorizada se sujeta a condiciones urbanísticas y técnicas establecidas por
las correspondientes ordenanzas municipales que rigen en su emplazamiento. LIMITACIÓN DE CUOTA Mecanismo del que disponen
algunas hipotecas para proteger las cuotas de las subidas de los tipos de
interés. Una de las posibilidades es limitar el incremento de la cuota a la
subida del IPC. LIMITE Confín o lindero. LIMPIEZA DE TERRENO Acción de limpiar
un terreno de árboles y otra vegetación. LINDERO Límite entre
dos terrenos. LIQUIDEZ.- Es una razón financiera que
mide la capacidad de la empresa para cumplir con sus obligaciones financieras
a corto plazo. Se calcula como: Liquidez = caja + bancos Pasivo a corto
plazo. LISTA
DE PRECIOS MÍNIMOS.- Es la lista que periódicamente emite la
Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo, en la que se establece
el precio mínimo de venta al cual los bienes considerados de desecho pueden
ser enajenados por las Dependencias y Entidades Gubernamentales. LLAVE EN MANO Propiedades que se
entregan con todas las especificaciones que requiere un inquilino para
empezar a trabajar. LOCACION Arrendamiento de
cosas o servicios. LOCADOR Arrendador. LOCAL Inmueble de uso
comercial. LOCALIZACION Servicio que
brinda un prestador de servicios inmobiliarios, consistente en buscar y
ubicar un inmueble para compra o renta, que reúna las características que
desea un cliente, a cambio de un honorario previamente determinado. LOCATARIO
Arrendatario. La parte, en un contrato de alquiler, que recibe un
derecho de posesión y uso de una propiedad, de un locador/propietario por
ciertas condiciones. LOFT Un loft,
desván o galería; es un gran espacio con pocas divisiones, grandes ventanas y
muy luminoso. LOTE
TIPO.- Superficie de terreno que se convierte en el prototipo
característico de determinada zona por su forma y superficie y que es la base
para la determinación de factores que afectan al comparativo de lote a valuar en un estudio
económico. LOTE Cada una de las
parcelas en que se divide un terreno. LOTE.- Es un grupo de bienes o
servicios que representen una sola transacción; si el grupo está compuesto de
un número conocido de partidas similares, se obtiene el precio o el costo de
cada una mediante una simple división; si las partidas son disímiles y el
valor total es independiente de los precios unitarios, el costo de cada
partida es usualmente indeterminable excepto que se haga por algún método de
distribución de costo. |
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MAMPOSTERIA Se llama mampostería al
sistema tradicional que consiste en la construcción de muros y paramentos, para
diversos fines, mediante la colocación manual de elementos que pueden ser,
por ejemplo: - ladrillos; - bloques de cemento prefabricados; - piedras,
talladas en formas regulares o no MANTENIMIENTO Acciones necesarias
para el uso y la conservación de un inmueble. MANZANA Espacio cuadrado de
terreno con edificaciones o sin ellas, con calles por sus cuatro lados. MAQUINARIA.- Es un implemento mecánico
genérico que se usa en procesos de fabricación y que implica la
transformación de un material o producto. Toda maquinaria es equipo, pero no
todo equipo es maquinaria. MARGEN
DE UTILIDAD.- Es un
componente de rentabilidad respecto al rendimiento sobre los activos (sobre
la inversión). Se obtiene dividiendo la utilidad neta entre el ingreso por
ventas. MARGEN Porcentaje que se añade al
índice de referencia en cada revisión del tipo de interés en los préstamos a
interés variable para hallar el nuevo tipo de interés aplicable. MARTILLERO Intermediario
experto en adjudicaciones por subasta y remates. Profesional dedicado a
intermediar en operaciones inmobiliarias. MAYOR Y
MEJOR USO.- El
uso más probable para un bien, que es físicamente posible, permite
legalmente, económicamente viable y que resulta en el mayor valor del bien
que se está valuando. La posibilidad como suma de eventos que orientan hacia
una opción estadística más probable. MEDIACION Contrato en virtud
del que una persona, denominada cliente, se obliga a pagar a otra, llamada
mediador, unos honorarios determinados, por el hecho de que con su actividad
se realice una operación inmobiliaria. MEJORAS
A LOS TERRENOS.- Son obras inherentes al acondicionamiento de un terreno, como:
desmonte, nivelación, pavimentación y aceras, alcantarillado y ductos de agua
potable y de gas, cercado, ramales o escapes de ferrocarril y otras adiciones
que habitualmente paga el propietario de un predio o bien lo hace el gobierno
local. El término puede incluir también a los edificios, pero cuando al
terreno se le han agregado las construcciones, a la cuenta respectiva se le
llama genéricamente “edificio” (s). MEJORAS
DEL ARRENDATARIO O DEL INQUILINO.- Son aquellas mejoras o anexos fijos realizados
al terreno o construcciones, instalados y pagados por el arrendatario para
satisfacer sus necesidades. Dependiendo de lo que señale el contrato, el
arrendatario puede o no remover las mejoras que haya realizado al término del
contrato de arrendamiento, siempre que su remoción no ocasione un daño serio
al bien raíz. MEMORIA DE CALIDADES Documento que describe la
naturaleza y calidad de los diferentes materiales que van a ser utilizados en
la obra. MERCADO.- Es el entorno en el que se intercambian
bienes y servicios entre compradores y vendedores, mediante un mecanismo de
precio. El concepto de mercado implica una habilidad de los bienes y
servicios a ser intercambiados entre compradores y vendedores. Cada parte
responderá a las relaciones de la oferta y la demanda. MÉTODO
COMPARATIVO DE MERCADO.- Se utiliza en los avalúos de bienes que pueden
ser analizados con bienes comparables existentes en el mercado abierto; se
basa en la investigación de la demanda de dichos bienes, operaciones de
compraventa recientes, operaciones de renta o alquiler y que, mediante una
homologación de los datos obtenidos, permiten al valuador estimar un valor de
mercado. El supuesto que justifica el empleo de este método se basa en que un
inversionista no pagará más por una propiedad que lo que estaría dispuesto a
pagar por una propiedad similar de utilidad comparable disponible en el
mercado. MÉTODO
DE CAPITALIZACIÓN DE RENTAS.- Se utiliza en los avalúos para el análisis de
bienes que producen rentas; este método considera los beneficios futuros de
un bien en relación al valor presente, generado por medio de la aplicación de
una tasa de capitalización adecuada. Este proceso puede considerar una
capitalización directa en donde una tasa de capitalización global, o todos
los riesgos inherentes, se aplican al ingreso de un solo año, o bien
considerar tasas de rendimiento o de descuento (que reflejan medidas de
retorno sobre la inversión) que se aplican a una serie de ingresos en un
período proyectado, a lo que se llama capitalización de flujo de efectivo. El
enfoque de ingreso refleja el principio de anticipación. MÉTODO
FÍSICO O DEL VALOR NETO DE REPOSICIÓN.- Se utiliza en los avalúos para
el análisis de bienes que pueden ser comparados con bienes de las mismas
características; este método considera el principio de sustitución, es decir
que un comprador bien informado, no pagará más por un bien, que la cantidad
de dinero necesaria para construir o fabricar uno nuevo en igualdad de
condiciones al que se estudia. El estimado del Valor de un inmueble por este
método se basa en el costo de reproducción o reposición de la construcción
del bien sujeto, menos la depreciación total (acumulada), más el valor del
terreno, al que se le agrega comúnmente un estimado del incentivo empresarial
o las pérdidas/ganancias del desarrollador. MINUTA Borrador de una escritura. MIRADOR Pabellón en la
parte alta de una construcción con buena vista. MOBILIARIO
Y EQUIPO DE OFICINA.- Son
los bienes muebles utilizados para equipar una oficina. Ejemplos: mobiliario,
máquinas de escribir, máquinas calculadoras y de cómputo; archiveros; equipo
para copiado. MOJONERA Señal o señales
permanentes que se colocan para delimitar los linderos de una propiedad o
camino. MOLDURA Tira de
madera, metal o polímero plana o curva que se coloca en una pared con fines
decorativos o para tapar las juntas entre los muros, el techo y el piso. MONOPOLIO.- Es la forma de mercado en la
que existe una sola entidad como único vendedor. MONOPSONIO.- Es aquella forma de mercado en
la que existe un solo comprador, que impone sus condiciones a los vendedores,
debido a su influencia y su poder económico. MONTO.- Es la cantidad en dinero o en
especie que se pide u ofrece por un bien o servicio. MONUMENTOS
ARQUEOLÓGICOS.- Son los bienes muebles e inmuebles, producto de culturas anteriores al
establecimiento de la hispánica en el territorio nacional, así como los
restos humanos, de la flora y de la fauna, relacionados con esas culturas.
(Artículo 26 de la Ley Federal de Monumentos y Zonas Arqueológicos,
Artísticos e Históricos). MONUMENTOS
ARTÍSTICOS.- Son
los bienes muebles e inmuebles construidos en los siglos XX y XXI que
revisten valor estético relevante. Para determinar el valor estético
relevante de algún bien se atenderá a cualquiera de las siguientes
características: representatividad, inserción en determinada corriente
estilística, grado de innovación, materiales y técnicas utilizadas y otras
análogas. Tratándose de bienes inmuebles, podrá considerarse también su
significación en el contexto urbano. MONUMENTOS
HISTÓRICOS.- Son
los inmuebles construidos en los siglos XVI al XIX, destinados a templos y
sus anexos; arzobispados, obispados y casas cúrales; seminarios, conventos o
cualesquiera otros dedicados a la administración, divulgación, enseñanza o
práctica de un culto religioso; así como a la educación y a la enseñanza, a
fines asistenciales o benéficos; al servicio y ornato públicos y al uso de
las autoridades civiles y militares, incluyendo los bienes muebles que se
encuentren o se hayan encontrado en dichos inmuebles y las obras civiles
relevantes de carácter privado realizadas de los siglos XVI al XIX inclusive.
(Artículo 36 de la Ley Federal de Monumentos y Zonas Arqueológicos,
Artísticos e Históricos). MORA Falta de puntualidad en
realizar la prestación, es decir, el deudor no cumple con sus obligaciones de
pago en el momento debido y existe un retraso. MORADA Lugar donde
se habita. MULTIPLICADOR
DE LA RENTA.- Es una
relación entre el precio de venta o el valor de una propiedad, y el ingreso
anual promedio o la expectativa de ingreso; se puede basar en el ingreso
bruto o neto. Se aplica al ingreso que se estima generará un bien para
obtener su valor comercial. MURO DE CARGA Muro capaz de
soportar cargas impuestas además de las de su propio peso. MURO MEDIANERO Pared entre dos
inmuebles contiguos. MURO Pared, estructura
vertical que sirve para cerrar o subdividir un inmueble. |
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NOTARÍA.- Lugar u oficina donde ejerce
su función un Notario (Ver definición de Notario.) NEGOCIO.- Es una entidad comercial,
industrial o de servicio que se dedica a una actividad económica generalmente
lucrativa. El derecho de propiedad de un negocio puede ser indiviso, puede
dividirse entre los accionistas, y/o puede incluir un derecho mayoritario y
minoritario. NOTA SIMPLE REGISTRAL Documento expedido por el
Registro de la Propiedad, en el que se declara la situación de cargas
respecto a una finca. NOTARIO Funcionario público que
autoriza y da fe del contenido de determinados documentos, como son los
contratos de compraventa y préstamo hipotecario. El Notario apreciará la
legalidad de todas las condiciones del contrato y actúa con independencia de
las partes. Sus honorarios están regulados por la ley. NOTARIO.-
Con origen en el latín notarĭus,
la palabra notario describe al funcionario público que tiene la autorización
para controlar y servir de testigo frente a la celebración de contratos,
testamentos y otros actos extrajudiciales. El notario, por lo tanto, concede
carácter público a documentos privados por medio de su firma. OBJETO
DEL AVALÚO.- El
objeto de un avalúo es el tipo de valor que se pretende al llevar a cabo el
trabajo de valuación. Ver Propósito del avalúo. NOVACION Cambio en el
plazo o en el tipo de interés pactado, o ambos. NUDA PROPIEDAD Se trata de un desglose del derecho
de propiedad: el valor intrínseco del bien queda atribuido al que ostenta la
nuda propiedad, y el uso del bien al usufructuario. NUDA PROPIEDAD Aquella
propiedad en la que el propietario está privado de la facultad de goce o
disfrute del mismo. NUDO PROPIETARIO Titular de
la nuda propiedad de un inmueble. |
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OBLIGACIÓN.- Es el reconocimiento o
evidencia por escrito de una deuda. Las acciones constituyen una obligación que
emite una compañía especialmente como respaldo por el dinero aportado por los
accionistas. OBRA Inmueble en
construcción. OBRAS
COMPLEMENTARIAS.- Son Bienes que amplían el confort o que agregan beneficios al uso o
funcionamiento de un inmueble, como pueden ser rejas, patios, jardines,
fuentes, albercas, etc. OBRAS
DE ARTE.- Son
todas aquellas obras que por su proceso de creación o por quien fueron
creadas se consideran arte (puede ser obras físicas, intelectuales o
literarias). OBSOLESCENCIA
CURABLE.- Es
aquella cuyo costo por corregirla es menor que el beneficio económico que
recibe el bien por la curación. OBSOLESCENCIA
ECONÓMICA.- Es la
pérdida en valor o utilidad de un bien, ocasionada por fuerzas económicas
externas al mismo. OBSOLESCENCIA
EXTERNA.- Ver
Obsolescencia Económica. OBSOLESCENCIA
INCURABLE.- Es
aquella cuyo costo por corregirla es mayor que el beneficio económico que
recibe el bien. Generalmente no conviene curarla. OBSOLESCENCIA
TÉCNICO FUNCIONAL.- Es la pérdida en el valor, resultado de una nueva tecnología,
incluyendo algunos elementos como cambios en el diseño, materiales,
resultados del proceso como sobrecapacidad, usos inadecuados, falta de
utilidad o excesivos costos variables de operación, o por su influencia
negativa en el medio ambiente Se considera un tipo de obsolescencia interna.
Es también la pérdida en el valor de un bien que se debe a los cambios en la
moda, preferencias o normas. La obsolescencia funcional incluye los costos de
capital excedentes y los costos operativos excedentes. Puede ser curable o
incurable. OBSOLESCENCIA Pérdida de
valor de un inmueble por viejo, anticuado o de menor utilidad. OBSOLESCENCIA.- Es la contribución a la pérdida
de valor que tiene un bien o propiedad, por motivos intrínsecos (tecnológicos
o funcionales), o externos (económicos), distintos al uso y deterioro físico. OCUPACION DEL SUELO Conjuntos de
normas sobre alturas, retiros y factores de ocupación, que delimitan el
volumen edificable máximo sobre parcela de terreno y su ubicación en el
mismo. OCUPACIÓN
SUPERFICIAL.- Es
el acto de tomar posesión de la superficie de un terreno y ejecutar obras
sobre él. Si el terreno es de propiedad privada, puede celebrarse un contrato
de arrendamiento o de compraventa con el dueño, conforme a la legislación
civil aplicable; y si el terreno pertenece a un núcleo agrario, podrá
celebrarse un convenio de ocupación temporal o servidumbre de paso con
sujeción a la Ley Agraria. OCUPAR Habitar un
inmueble. OFERTA
EN EL MERCADO DE PROPIEDADES.- Es la cantidad de derechos sobre propiedades
que están disponibles para venta o en renta, a diferentes precios en un
mercado dentro de cierto período determinado. Ver también Demanda y Mercado. OLIGOPOLIO.- Es la situación en donde se
tienen pocos vendedores de un producto que puede ser idéntico o diferente en
alguna forma, pero donde cada cual tiene gran influencia sobre el precio. OLIGOPSONIO.- Se considera que hay
oligopsonio cuando el número de compradores es muy reducido y éstos se
imponen a los vendedores, lo que les permite influir sobre el precio. ONEROSO Implica una contraprestación.
Los contratos onerosos establecen una obligación para una o ambas partes
contractuales. OPCIÓN DE COMPRA Cláusula añadida a un contrato,
mediante la cual, el oferente concede al optante o beneficiario el derecho a
realizar la compra de un bien en un plazo determinado. Esta opción suele
aparecer en contratos de alquiler, OPCION DE RENOVACION DE
CONTRATO
Derecho otorgado por un locador a un locatario, con la oportunidad de
extender los derechos de posesión y uso de una propiedad o espacio, de
acuerdo a los términos específicos del contrato. OPCIÓN.- Es un acuerdo de mantener
abierta una oferta para comprar, vender o arrendar bienes inmuebles por un período
de tiempo específico a un precio establecido. Una opción genera un derecho
contractual, el ejercicio del cual generalmente queda sujeto al cumplimiento
de las condiciones especificadas. OPINIÓN
DE VALOR.- Es el
proceso de estimar un valor, ya sea por un valuador o por cualquier persona
capacitada, no necesariamente cumpliendo con las normas aplicables al caso.
Regularmente se utiliza para asuntos relacionados con valores de
comercialización entre particulares. |
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PAGARE Título valor que contiene la
promesa del librador de pagar una cantidad determinada a otra persona o a su orden,
en lugar y fecha determinados. PALACIO Un palacio es (o
fue) la residencia del jefe de estado u otra figura pública de alto rango.
Muchos palacios han sido transformados para otros usos, como parlamentos o
museos. La palabra es usada también para describir edificios lujosos que no
son residencia de figuras públicas. Se usa de esta manera en expresiones como
"palacio del pueblo" para indicar que se trata de un edificio
público importante. PARCELA Unidad
catastral. Extensión de un terreno. PARED Muro, estructura
sólida vertical que protege o define un espacio. PASAJE Pasillo que une un
área de un inmueble con otro. PASIVO
FINANCIERO.- Es
cualquier pasivo que es una obligación contractual a) para entregar efectivo
u otro activo financiero a otra empresa; o b) para intercambiar instrumentos
financieros con otra empresa bajo condiciones que son potencialmente
desfavorables. PASIVOS.- Son los adeudos que tienen una
entidad con sus acreedores y el derecho de estos últimos sobre los activos.
Pueden ser a corto plazo (menos de un año) o a largo plazo. PATRIMONIO
FEDERAL.- Es
el conjunto de bienes y derechos, recursos e inversiones que, como elementos
constitutivos de su estructura social o como resultado de su actividad
normal, ha acumulado el Estado Mexicano y posee a título de dueño, para
destinarlos o afectarlos en forma permanente, a la prestación directa o indirecta
de los servicios públicos a su cuidado, o a la realización de sus objetos o
finalidades de política social y económica. (No incluye bienes del Patrimonio
Estatal o Municipal). PATRIMONIO.- Es el conjunto de bienes,
derechos y deberes apreciables en dinero que tiene una persona, siendo
susceptibles de estimación económica. PAVIMENTO Superficie dura de
caminos, banquetas y otras áreas exteriores. PENTHOUSE Departamento
lujoso y cotizado situado en la parte más alta de un edificio. Estructura que
ocupa, por lo general, menos de la mitad del área de la azotea de un
edificio. PÉRDIDA
DE POTENCIALIDAD.- Es
la pérdida económica en la capacidad del uso de suelo de un bien inmueble a
consecuencia de ser afectado por una obra de infraestructura, la cual deberá
ser pagada mediante una indemnización al propietario de dicho bien. PERFIL DE LA PROPIEDAD Estado de
propiedad y gravámenes que revela cualquier problema que pudiera afectar la
venta. PERIODICIDAD DE REVISIÓN
DE INTERÉS Frecuencia
con que se realiza la modificación del tipo de interés en los préstamos a
tipo de interés variable. PERIODICIDAD Frecuencia con la que
pagará las cuotas del préstamo, por lo que le recomendamos que coincida con
la periodicidad de sus ingresos. PERIODO DE REVISION Es la frecuencia en la que se
modifica el tipo de interés cuando se trata de una hipoteca a tipo variable.
Normalmente son semestrales o anuales. PERITO
VALUADOR.- Es
aquel valuador con título y cédula profesional expedidos por la Secretaría de
Educación Pública, certificado por el Colegio de Profesionistas
correspondiente, que demuestre de manera fehaciente poseer los suficientes
conocimientos teóricos y prácticos y la experiencia en valuación, al que se
le confiere la facultad para intervenir ante cualquier asunto de los sectores
públicos y privados en los dictámenes sobre temas de su especialidad. PERMISO DE EDIFICACION Licencia
gubernamental para la construcción o modificación de un inmueble expedida
conforme a la legislación vigente. PERMISO DE OCUPACION Autorización
gubernamental en donde se señala que un inmueble cumple con las normas
aplicables en materia de seguridad e higiene. PERMUTA.- Es un acuerdo de voluntades
mediante el cual cada uno de los contratantes se obliga a dar un bien mueble
o inmueble por otro bien, entendiéndose por obligación el transmitir el
dominio de dicho bien mueble o inmueble. PERSONA
FÍSICA.- Es
una persona jurídicamente individual sujeto a un gravamen fiscal. En términos
genéricos se conoce también como causante. PERSONA
MORAL.- Es
una persona Jurídica colectiva. Asimismo, es toda sociedad mercantil u
organismo que realice actividades empresariales, se consideran también las
instituciones de crédito y las sociedades y asociaciones civiles, Iglesias y
Gobiernos estatales. Se denominan también con el término genérico de
causante. PIEDRAS
PRECIOSAS.- Se
dice de las piedras o minerales que son finas, duras, raras y por lo común
transparentes, o al menos translúcidas, y que talladas se emplean en adornos
de lujo. PILAR DE ESCALERA Pilar alto
situado al inicio de una escalera que sostiene el barandal. PIÑON Parte triangular
superior de un muro con techo de dos aguas. PISO Suelo. PLANO CATASTRAL
Representación gráfica de una población o de una sección o subdivisión
de la misma, en la que se indica la ubicación y los límites de las
propiedades individuales. PLANTA
Y EQUIPO.- Es
el término utilizado para referirse a los edificios, maquinarias y equipos no
fijados permanentemente a los edificios. PLANTA.- Es el conjunto de activos
que puede incluir edificios, maquinaria y equipo no permanente especializado. PLATAFORMA Superficie
horizontal plana, techada o abierta, normalmente más alta que el área que la
rodea. PLAZO DE ALQUILER Período específico
de tiempo en un contrato de alquiler donde el locador extiende un derecho de
posesión y uso de un espacio o propiedad, a un locatario. PLAZO DE AMORTIZACIÓN Plazo de tiempo en el que se
devuelve el principal del préstamo y los intereses. . PLAZO DE AMORTIZACION Es el periodo
establecido en el préstamo para su total devolución. Debe tener en cuenta que
el plazo más adecuado para usted debe ser aquel que le permita pagar las
cuotas cómodamente. Por tanto, la elección del plazo de amortización deberá hacerla
siempre en función de su capacidad de reembolso. PLAZO Término señalado
para el cumplimiento de una obligación. PORCENTAJE DE OCUPACION Total del espacio
físico ocupado en una propiedad (superficie alquilada más superficie vendida)
dividido por el inventario total, expresado en porcentaje. PORCIÓN
DOMINANTE.- Es
la parte que ocupa más de un 50% de la superficie total de cada uno de los
muros perimetrales del inmueble y se usa como base para determinar el área
rentable. La porción dominante establece qué superficie es la que ocupa la
mayor parte del muro; así, si una pared cuenta con un sistema de vidrios o
cristales que represente un total de 19 m2 y el área de ese muro representa
un total de 27 m2 (midiendo de piso a techo), automáticamente se reconoce que
la porción dominante es la del sistema de vidrios. PORTAFOLIO INMOBILIARIO Es el patrimonio inmobiliario de
una sociedad, de un inversor institucional o de uno privado, que puede estar
constituido por inmuebles destinados a diversos usos (comercial, industrial,
etc.). PORTICO Estructura semi
cerrada que en un edificio sirve de entrada. Pasaje techado sostenido por
columnas. Una columnata. POSTIGO Puerta chica que
forma parte de otra mayor. POTENCIAL
DE SERVICIO.- Son
los beneficios económicos futuros inherentes al activo en términos de su
potencial para contribuir, directa o indirectamente al flujo de efectivo y en
equivalentes de efectivo para la entidad. El potencial de servicio se mide
como el nivel de capacidad productiva que tendría que reemplazarse si la
entidad fuera despojada del activo. PRÁCTICA
VALUATORIA.- Es la
práctica de la función de los valuadores que puede ser de tres maneras:
avalúo, revisión de avalúos y consultoría. PRECIO
DE MERCADO.- Es el
precio actual según factura, o cotizado al término de un ejercicio contable,
menos los ajustes acostumbrados, incluyendo el descuento por pronto pago. PRECIO
DE OFERTA.- Es
aquel precio al cual el propietario de un bien lo ofrece formalmente para su
venta en el mercado. PRECIO MÍNIMO
DE VENTA.- Es el
precio más bajo al que un vendedor está dispuesto a ofrecer un bien o
servicio. PRECIO
NETO DE VENTA.- Es
la cantidad que se obtiene de la venta de un activo en una transacción
prudente entre partes dispuestas y con conocimiento, menos todos los costos
en que se incurrió para concluir su venta. PRECIO
TOPE.- Es el
precio máximo al cual puede ser vendido un producto o servicio. PRECIO Medida del valor
de una mercancía o servicio en términos monetarios o en cualquier otro medio de
pago aceptado. El pago por la compra de bienes se denomina precio. El pago de
los servicios del trabajo se llama sueldo o salario; y el pago por prestar
fondos es el interés. PRECIO.- Es la cantidad que se pide, se
ofrece o se paga por un bien o servicio. El concepto de precio se relaciona
con el intercambio de una mercancía, bien o servicio. Una vez que se ha
llevado a cabo el intercambio, el precio, ya sea revelado públicamente o
confidencial, se vuelve un hecho histórico y se le denomina costo. El precio
que se paga representa la intersección de la oferta y la demanda. El precio
también equivale al valor establecido en un avalúo. PREMIO
POR EL CONTROL.- Es
un valor adicional inherente al poder sobre los derechos de control de una
entidad, a diferencia del derecho minoritario. PREMISAS
DE VALOR.- Es el
término para identificar la definición y los parámetros bajo los cuales se
está estimando un determinado valor. PRESERVACIÓN
ECOLÓGICA.- Es
la acción de proteger la flora y fauna para la conservación del medio
ambiente y de los recursos naturales. (SEMARNAT). PRESIDENTE DE LA
COMUNIDAD Cargo
ostentado por un miembro de la Comunidad de Propietarios de un conjunto de
viviendas, que tiene la máxima representatividad de esa comunidad y cuya
elección se realiza según determinen los estatutos que rigen el
funcionamiento de la misma. PRESTAMISTA El que entrega dinero a otra
persona llamada prestatario, quien tiene que devolver esa cantidad con sus
intereses correspondientes. PRÉSTAMO
A LARGO PLAZO.- Es aquel que se otorga a un plazo mayor de un año. Por ejemplo un
préstamo hipotecario a pagar en diez años. La mayor parte de créditos a largo
plazo se destinan a la producción o a la compra de bienes duraderos. PRÉSTAMO A TIPO FIJO Préstamo en el que el tipo de
interés nominal permanece invariable a lo largo de la vida del préstamo, con
independencia de las variaciones del mercado hipotecario. PRÉSTAMO A TIPO VARIABLE Préstamo en el que el tipo de
interés se revisa con una periodicidad determinada. Suele existir un tipo de
interés inicial predeterminado, un período de revisión (que marca la
frecuencia de la variación de tipo), un índice de referencia (que evoluciona
al alza o la baja, en función de la tendencia del mercado) y un margen o
diferencial que se suma al índice de referencia para establecer el nuevo tipo
de interés a aplicar. PRÉSTAMO CON TECHO Préstamo hipotecario a tipo
variable, en el que se han pactado unos límites máximos y/o mínimos para el
tipo de interés resultante de la revisión. PRÉSTAMO HIPOTECARIO Cantidad de dinero concedida,
generalmente por una entidad financiera, a una persona física o jurídica, con
la garantía adicional de un bien inmueble. La finalidad del préstamo puede
ser muy variada pero la más habitual es la financiación de la compra de un inmueble. PRESTAMO HIPOTECARIO Es una
operación financiera por la cual se permite acceder a la vivienda que usted
desea pudiendo obtener unos importes de financiación superiores, a unos tipos
de interés bastante más reducidos que los concedidos en otro tipo de
préstamos en los que el inmueble no queda hipotecado como garantía del pago
de la operación tal y como ocurre en este tipo de préstamos. Se formaliza en
documento público y sus derechos se constituyen con la inscripción en el
Registro de la Propiedad. PRÉSTAMO PERSONAL Préstamo en el que no existe
más garantía que la personal del deudor: responde del pago de la deuda con
todos sus bienes presentes y futuros. PRESTATARIO Persona titular de un préstamo,
que asume todas las obligaciones y adquiere todos los derechos del contrato
que firma con la entidad financiera prestamista. PRESTATARIO Persona
titular de un préstamo, que asume todas las obligaciones y adquiere todos los
derechos del contrato que firma con la entidad financiera prestamista. PRIMA En un seguro, es lo que paga el
tomador del mismo a la Compañía Aseguradora para prevenir un hecho futuro e
incierto llamado siniestro. PRINCIPIO
DE ANTICIPACIÓN.- Es el valor actual de una propiedad es una medida de los beneficios
que se espera producirá en el futuro. Este principio fundamenta el valor por
capitalización de rentas o por el enfoque de ingresos. PRINCIPIO
DE COMPETENCIA.- Es la ganancia anima a la competencia. La ganancia excesiva produce
competencia ruinosa por un exceso de oferta. PRINCIPIO
DE CONFORMIDAD.- Es el valor máximo de un inmueble, se logra cuando en el vecindario
está presente un grado razonable de homogeneidad social y económica. PRINCIPIO
DE CRECIMIENTO, EQUILIBRIO Y DECLINACIÓN.- Son los efectos del deterioro físico
ordinario y de la demanda de mercado, dictan que toda propiedad pase por tres
etapas: Crecimiento: cuando se están construyendo mejoras y la demanda
aumenta. Equilibrio: cuando el vecindario está prácticamente saturado y las
propiedades parecen sufrir pocos cambios. Declinación: cuando las propiedades
requieren cada vez mayor mantenimiento, en tanto que la demanda por ellas
disminuye. PRINCIPIO
DE EQUILIBRIO.- Existe un punto de armonía entre la oferta y la demanda. Un cambio
entre ellas, afectará el valor de un bien. PRINCIPIO
DE MAYOR Y MEJOR USO.- El mayor y mejor uso es para un bien, es aquel
que es físicamente posible, legalmente permitido, económicamente viable y que
resulta en el mayor valor del bien que se está valuando. PRINCIPIO
DE PERÍODOS CRECIENTES Y DECLINANTES.- Son las condiciones utilizadas
en la práctica valuatoria. Se basa en las siguientes etapas de un bien:
integración, equilibrio, desintegración y renovación. PRINCIPIO
DE SUBSTITUCIÓN.- Es
una teoría económica que dice que un comprador prudente no pagaría más por el
bien, que el costo de adquirir un substituto igual o semejante. El más
probable costo de adquisición de la mejor alternativa, sea de un sustituto o
una réplica, tiende a establecer el Valor Justo de Mercado. PRINCIPIO
DE USO CONSISTENTE.- Un bien inmueble en transición a otro uso no
deberá valuarse considerando un uso para la tierra y otro distinto para las
mejoras o construcciones, sino un mismo uso para ambos. PRIVATIVA Área en un
condominio de propiedad privada. PRO INDIVISO Inmueble que
pertenece en común que no está dividido. PROMOVENTE.- Se entiende como la Entidad o
Dependencia de la Administración Pública Federal que tiene interés en un bien
y que promueve o solicita el servicio de valuación, justipreciación o
consultoría. PROPIEDAD EN CONDOMINIO Forma de propiedad
en la que, por una parte, se tiene un derecho singular y exclusivo sobre un
piso, departamento, vivienda o local, y por la otra, un derecho de
copropiedad sobre los elementos y partes comunes del inmueble sujeto a este
régimen. PROPIEDAD GENERADORA DE
INGRESOS
Propiedad comprada por el ingreso que generara más ciertos beneficios
fiscales. PROPIEDAD HORIZONTAL : Condominio.
/ Definición por la cual los copropietarios son condóminos del terreno y
de las cosas comunes en el porcentual que indica el reglamento de
copropiedad, y dueños exclusivos del piso, paredes y techo de su
departamento, oficina, o casa PROPIEDAD
INMUEBLE.- Es el
concepto legal que se entiende como los intereses, beneficios y derechos
propietarios inherentes a los bienes raíces. PROPIEDAD
INVERSIÓN.- En
bienes raíces, una propiedad que se tiene con el propósito de rentársela a un
tercero, para una posible ocupación futura del propietario, o para
desarrollarse en el futuro y que genere ingresos o utilidades por rentas
cuando se vende. PROPIEDAD PARA USO
ESPECIAL
Propiedad con requerimientos de uso único como una iglesia o un museo. PROPIEDAD
PERSONAL.- Es
un concepto legal que se refiere a todos los derechos, intereses y beneficios
relativos al régimen de propiedad de los bienes que no son un bien raíz.
También se conoce como “bien mueble”. La propiedad personal puede ser
tangible, tal como un bien mueble, o intangible, tal como una deuda o una
patente. Los artículos de propiedad personal tangible, no están fijos de
manera permanente al bien raíz y generalmente se caracterizan porque se
pueden mover. La propiedad personal puede valuarse de acuerdo a su Valor de
Mercado, a su valor de realización o a su valor de recuperación. PROPIEDAD Poder legal que se
ejerce en forma inmediata y directa sobre una cosa para aprovecharla
totalmente conforme a la ley vigente. PROPIEDAD,
PLANTA Y EQUIPO.- Son
activos que se usan de forma continua en las actividades de una empresa. Incluyen
al terreno y construcción; (la planta) y al equipo (todos los muebles),
depreciación acumulada, y otras categorías de activos, identificados
adecuadamente. PROPIEDAD.- Es un concepto legal que
comprende todos los derechos, intereses y beneficios relativos al régimen de
propiedad de un bien. La propiedad consiste en los derechos privados de
propiedad, los cuales le otorgan al propietario un derecho o derechos
específicos sobre lo que posee. Para diferenciar entre un bien raíz, una
entidad física y su régimen de propiedad, al concepto legal del régimen de
propiedad de un bien raíz se le llama bien inmueble. El régimen de propiedad
de un derecho sobre un artículo que no es un bien raíz, se conoce como
propiedad personal. PROPIETARIO.- Persona física o moral al
que se le atribuye como el titular de ejercer la potestad de un bien. PROPÓSITO
DEL AVALÚO.- Es el
tipo de valor por determinar, correspondiente al tipo de trabajo valuatorio
de que se trate. Cualesquiera que sean las circunstancias, los conceptos y
montos asociados con un determinado tipo del valor siempre serán los mismos. PROVISIÓN DE FONDOS Cantidad de dinero que se
entrega como anticipo para cubrir unos gastos ciertos, cuyo importe exacto
desconocemos. Una vez obtenidas las facturas se realiza la liquidación de
dicha provisión. PROYECTO Conjunto de datos,
informes, diseños y cálculos sobre el costo y la realización de un inmueble ó
de un desarrollo inmobiliario. PROYECTOS
AGROPECUARIOS, INDUSTRIALES, TURÍSTICOS Y DE SERVICIOS.- PROYECTOS
DE DESARROLLO URBANO.- Es el planteamiento tendente a resolver, problemas urbanos y normar
criterios a fin de controlar y orientar el desarrollo de los núcleos de
población. PUERTA DE SERVICIO Puerta exterior de
un inmueble que se usa para la entrega de equipos y provisiones. PUERTA DE TECHO Puerta que se alza
o se enrolla y que, una vez abierta, queda en posición horizontal en relación
con su marco, muy usada en Los Estados Unidos de América como puerta de garaje. PUERTA-VENTANA HORIZONTAL Puerta o
ventana con un dispositivo corredizo que le permite abrirse horizontalmente. PULMON DE MANZANA Superficie no
edificable, a nivel de terreno, comprendida entre frentes internos de
edificios, destinada a espacio libre que, en un porcentaje no inferior al 50%
de su superficie deberá estar constituida por terreno absorbente forestado. PUNTO
DE EQUILIBRIO.- Es el punto de producción en el que los ingresos y los costos son
iguales: en otras palabras, una combinación de ventas y costos que da como
resultado la operación de un negocio sin producir utilidad ni pérdida. PURIFICADOR DE AIRE Mecanismo utilizado
para limpiar, refrescar, humidificar o deshumidificar el aire. Q QUINTA Casa de
recreo en el campo, cuyos colonos solían pagar por renta la quinta parte de
los frutos, normalmente ubicada en las afueras. |
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RAMPA Estructura inclinada que
conecta dos o más superficies situadas en niveles diferentes. RANCHO Finca agrícola o
ganadera; choza fuera de un poblado. RATIFICACIÓN
DE VALORES.- Es
el acto de reafirmar a una fecha actual dictámenes de valor referidos a una
fecha previa. RE
EXPRESIÓN DE ESTADOS FINANCIEROS.- Es la actualización de la información financiera
en libros, con base a los lineamientos emitidos por el Instituto Mexicano de
Contadores Públicos, en sus respectivos boletines. RECAMARA Habitación
que sirve para dormir o descansar. RECIPROCIDAD Condición a
través de la cual dos o más usuarios del sistema vinculan el conjunto de sus
propiedades al proceso general de búsqueda, indiferentemente del sitio desde
dónde se haya originado la consulta. REEMBOLSO Importe devuelto de forma
anticipada del capital de un préstamo. Puede ser parcial o total y suele
llevar asociada una comisión. REEVALUACIÓN.- Es la acción de incrementar el
valor de una moneda con respecto a su anterior tipo de cambio. También se
pueden revaluar los activos de las empresas, con fines fiscales y
financieros. RÉGIMEN DE PROPIEDAD.- Jurídicamente los inmuebles
se clasifican por la forma como son propiedad de las personas físicas o
morales y la clasificación más común es el carácter individual y en mancomún
o condominio, aun que existen otros regímenes, pero los más usuales son los señalados. REGISTRO PUBLICO DE LA
PROPIEDAD Organismo
estatal encargado de proclamar oficialmente las situaciones jurídicas que
afectan a los bienes inmuebles en un momento determinado. REGISTRO PÚBLICO DE LA
PROPIEDAD
Oficina pública que tiene por función llevar los libros oficiales en
los que consten todas las circunstancias que afectan a las propiedades de la
zona correspondiente a dicho Registro. REGLAMENTO DE CONSTRUCCION Reglamentos
establecidos por los gobiernos (estatal, municipal o local) para regular las
normas de construcción. REGLAMENTO DEL USO DE SUELO
Reglamentación por el municipio o el Estado del carácter y uso de suelo
de una propiedad. REGLAS DE CONVIVENCIA Estándares de
conducta establecidos en el uso y la ocupación de una propiedad en un
edificio, que deben respetar todos los propietarios e inquilinos por igual. REGULARIZACIÓN
DE LA TENENCIA DE LA TIERRA.- Es el acto de brindar certidumbre jurídica a
la posesión de la tierra a través de la entrega de títulos de propiedad, a
favor de los individuos con derechos que integran los asentamientos humanos
que así lo aprueben y soliciten. REMODELACION Cambio que
se llevan a cabo en parte de la estructura de un inmueble ya existente para adaptarlo
a los gustos o necesidades de las personas que lo habitan. RENDIMIENTO
INICIAL.- Es
el ingreso neto inicial en la fecha de la transacción o valuación expresada
como un porcentaje del precio de venta o de la valuación. Comúnmente se
conoce como la tasa de capitalización global (ver la tasa de capitalización). RENEGOCIACION DE
CONTRATO Acto por el cual se establecen nuevos términos y
condiciones sobre un contrato de locación que se desea extender, que
satisfagan tanto al locador, como al locatario. RENTA
BRUTA.- Ver
Ingreso Bruto. RENTA
DE CONTRATO.- Es
un monto de la renta especificada por cierto acuerdo de arrendamiento; aunque
una renta por contrato puede ser igual a la renta del mercado, en la práctica
puede diferir de manera importante, particularmente en arrendamientos más
antiguos con condiciones de renta fija. RENTA
DE MERCADO.- Es
la cantidad estimada por la cual una propiedad o espacio dentro de una
propiedad debe rentarse, a la fecha de la valuación entre un arrendador y un
arrendatario dispuestos, bajo condiciones adecuadas, en una transacción de
libre competencia, después de una comercialización apropiada, en donde las
partes actúan con conocimiento, de manera prudente y sin compulsión. RENTA
EN EXCESO.- Es
un monto de renta que es mayor que la renta del mercado; si se considera así,
dicha renta se capitaliza comúnmente a una tasa de descuento más alta debido
al mayor riesgo y a las incertidumbres potenciales asociadas con las
consecuencias de la desventaja del arrendatario. RENTA
NETA.- Ver
Ingreso Neto. RENTA Beneficio periódico
obtenido en el arrendamiento por la concesión del uso y goce de un inmueble. RESCATE
DE CONCESIONES.- Es cuando los bienes materia de la concesión, vuelven de pleno derecho
por causa de utilidad pública, mediante la indemnización cuyo monto será
fijado por peritos, a la posesión, control y administración del Gobierno
Federal y que ingresan al Patrimonio de la Nación. RESERVA DE DOMINIO Cláusula en
un contrato de compraventa a crédito de un inmueble, en la cual se establece
que el vendedor se reserva la propiedad del mismo hasta que su precio haya
sido totalmente pagado. RESERVA DE LOCACION Documento escrito
que ofrece el locatario al locador en donde figura una suma de dinero,
expresada como cheque, que se ofrece en concepto de oferta de locación. RESERVA
PARA DEPRECIACIÓN.- Son
los costos que cargan los contadores en los estados financieros de inmuebles
de productos, como recuperación del costo original de los activos bajo la
convención de su costo actual. Las acumulaciones para depreciación son una
función de una convención contable y no necesariamente se reflejan en el
mercado. RESERVA
TERRITORIAL.- Es
la superficie de tierra que será utilizada para crecimiento de un centro de
población de acuerdo a un proceso de distribución equilibrada y sustentable
de la población y de las actividades económicas en el Territorio Nacional. RESIDENCIA Lugar donde habita una
persona. RESIDENCIAL Zona de una
ciudad en donde habitan personas .Se refiere a los barrios o colonias
habitacionales. RESOLUCIÓN DE CONTRATO Revocación o finalización del
contrato. RESPONSABILIADAD
HIPOTECARIA
Es la suma de todos los conceptos que son garantizados mediante la
hipoteca (el capital prestado, los intereses normales y los intereses de
demora, costas judiciales, gastos, etc.). Sobre esta cantidad es sobre la que
se calculan los gastos de formalización y cancelación de una hipoteca. RESPONSABILIDAD
HIPOTECARIA Suma de
todos los conceptos que son garantizados mediante la hipoteca (el capital
prestado, los intereses ordinarios y los intereses de demora, costas
judiciales, gastos, etc.). Sobre esta cantidad es sobre la que se calculan
los gastos de la formalización de una hipoteca. RESTAURACION
Reconstrucción fiel de la forma y detalles de un inmueble, normalmente
como lucía en un período determinado. RESUMEN SOBRE LA PROPIEDAD Herramienta
de Mercadotecnia para describir propiedades en exclusiva, proporcionada por
las oficinas de ventas. REVERSIÓN.- Es la cantidad, en términos
monetarios, que se estima producirá un bien a su venta después de un
determinado período en uso. REVESTIMIENTO EXTERIOR Aplicación
vertical u horizontalmente de materiales como madera, asbesto o aluminio para
proteger las paredes exteriores de una construcción en obra negra. REVISIÓN En los préstamos variables se
produce cuando cambia el tipo de interés a aplicar, que se obtendrá sumando
un margen al índice de referencia. Su periodicidad depende de lo pactado. RIESGO.- Es el grado de posibilidad de
pérdida para un empresario, en un proceso productivo o de inversión. En
contraposición, el beneficio del empresario es el premio (tasa de interés),
que recibe por haber aceptado el riesgo. ROTONDA Estructura
circular abierta o cerrada, generalmente rematada por una cúpula o domo si se
encuentra techada. ROTULO Cartel que se
coloca en la fachada de un inmueble haciendo pública la intención de venderlo
o rentarlo. RUINA Inmueble en
proceso de destrucción. RUSTICO Inmueble que se
encuentra generalmente en el campo. |
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SALA DE JUEGO Habitación
destinada principalmente a la recreación, por lo general situada en planta
baja. SALA Habitación
para reunirse. SALDO PENDIENTE Importe de préstamo pendiente
de devolver o amortizar. Se
refiere al nominal de un préstamo o a la cantidad pendiente de devolver o
amortizar. SALIDA DE EMERGENCIA Puerta y pasaje
destinado a personas que se ven obligadas a desalojar un edificio,
especialmente en grandes grupos. SALIENTE Cualquier parte de
una estructura que se proyecte. Ej.: un alero. SALUBRIDAD Calidad de
salubre. Requerimientos que deben cumplir los inmuebles para que la autoridad
competente autorice su uso. SEGURO DE AMORTIZACIÓN DE
PRÉSTAMOS Póliza
que garantiza el importe del préstamo en caso de fallecimiento o invalidez
del prestatario, de tal forma que el capital asegurado sirve para cancelar el
préstamo, eximiendo de responsabilidad al resto de prestatarios o a los
herederos del mismo. SEGURO DE AMORTIZACION No es
obligatoria su contratación pero es conveniente contratarlo siempre que se
formalice un préstamo hipotecario. Este producto está especialmente diseñado
para los titulares de préstamos hipotecarios, y garantiza la amortización del
préstamo en caso de muerte o invalidez del titular o los titulares. SEGURO DE INCENDIOS PARA
VIVIENDAS
Según la legislación actual, es obligatoria la contratación de un
Seguro contra Incendios sobre la vivienda objeto del préstamo. Por ello, en
el momento de obtener su crédito hipotecario, se le facilita su Seguro de
Incendios a la medida. Así se encontrará cubierto en los supuestos de:
incendio, rayo, explosión, desescombro, medidas adoptadas por la autoridad,
riesgos extraordinarios y catastróficos, etc. SEGURO DE VIDA Póliza que garantiza la
cantidad asegurada en caso de fallecimiento o invalidez del asegurado. SEGURO.- Es el mecanismo económico
mediante el cual aquellos que se encuentran sujetos a determinados peligros
similares contribuyen a un fondo común, con el cual se paga cualquier pérdida
sufrida por cualquiera o cualesquiera de los contribuyentes. SERVIDUMBRE
DE PASO.- Es el
derecho que tiene el propietario de un predio, para hacer uso de un camino, o
de una corriente de agua en un predio adyacente, propiedad de otra persona. SETO VIVO Cercado
integrado por arbustos. SISTEMA DE AMORTIZACIÓN Determina la forma de cálculo
de las cuotas del préstamo. El más utilizado es el sistema francés, en el que
la cuota es constante si no varían el tipo de interés ni el plazo. SOBREMEJORA Mejora a una
propiedad cuyo costo no contribuye a su valor total de mercado. SOBREVALUADA Propiedad
con un precio más alto que su valor de mercado. SOCIEDAD.- Es un derecho de propiedad en
el que dos o más personas son propietarias de un negocio o de una propiedad y
comparten las utilidades y las pérdidas. Las sociedades pueden ser anónimas o
limitadas. SOLAR EDIFICABLE En el urbanismo solar edificable es un terreno que reúne
unas condiciones mínimas para ser edificado y en el que posteriormente su uso
pueda desarrollarse adecuadamente. Estas condiciones se refieren
fundamentalmente a las dotaciones de agua y energía eléctrica, la evacuación
o depuración de aguas residuales, y el acceso rodado. SOLICITANTE
DEL AVALÚO.- Es
la dependencia o entidad de la Administración Pública Federal que requiere de
un dictamen de valuación o justipreciación de rentas para respaldar actos de
enajenaciones, adquisiciones o arrendamientos. SOTANO Pieza subterránea en una
casa o en un edificio. SUBALQUILER Un acuerdo de alquiler en donde
un locatario alquila a un tercero la propiedad que previamente alquiló,
siempre con el consentimiento del locador original. SUBARRENDADOR Persona natural o
legal que da en subarriendo un inmueble. SUBARRENDAMIENTO Contrato por el que
el arrendatario de un inmueble, previa autorización del arrendador, concede a
su vez en arrendamiento la cosa arrendada. SUBARRENDAMIENTOS.- Es la posición que se crea
cuando el inquilino o arrendatario que ya tiene un contrato de arrendamiento
le transfiere a un tercero los derechos de que disfruta al ocupar la
propiedad motivo del contrato. SUBARRENDATARIO Persona
natural o legal que recibe en su subarrendamiento un inmueble. SUBARRIENDO Subarrendamiento. SUBASTA.- Venta que normalmente es
pública, en donde la propiedad se le vende al postor que ofrece la cantidad
más alta, siempre y cuando ésta sea igual que, o exceda cualquier precio de
reserva o valor base establecido. SUBDIVISION Partición o
división que de un terreno hace su propietario conforme a la reglamentación
vigente aplicable. Lotificación. SUBROGACIÓN Existen dos conceptos
distintos: 1. Acción por la que el comprador de una finca asume los derechos
y obligaciones de otra persona por razón de un préstamo anteriormente
concedido con garantía de dicha finca. Es una acción muy habitual cuando se
compra una vivienda nueva directamente al promotor de la misma, el cual ha
obtenido un préstamo hipotecario para financiar su construcción. 2. También
se conoce por subrogación el hecho jurídico de sustitución del acreedor
hipotecario, es decir, el caso en que el prestatario cambia su préstamo a
otra entidad financiera que le modifica sus condiciones de tipo de interés. SUBROGACION Forma de
transmisión de las obligaciones. Sustitución de un acreedor por otro en sus
derechos y reclamaciones legales. SUBSTANCIAS
PELIGROSAS.- En
el contexto de una valuación, cualquier material que se encuentra dentro,
alrededor o cerca de la propiedad que está siendo valuada que tiene
suficiente forma, cantidad y disponibilidad para crear un impacto negativo
sobre el valor de mercado de la propiedad. SUBSUELO Capa de tierra debajo
de la superficie. SUITE
Dormitorio principal con baño individual. SUPERFÍCIE CONSTRUIDA Superficie total incluyendo
todos los elementos de la vivienda (muros, tabiques, instalaciones, etc.). En
un bloque de viviendas, esta superficie incluirá la parte proporcional de
"los elementos comunes" (portal, escalera, patios, zonas verdes,).
En base a esta superficie, se calculará la cuota de participación en los
gastos de la Comunidad del piso. SUPERFICIE DE
ALFOMBRA Es la superficie que tiene una oficina sin contar los
baños, cocina, ni palier del ascensor. SUPERFICIE PROPIA Es la superficie
que tiene una oficina teniendo en cuenta la superficie de baños y
cocinas. SUPERFICIE TOTAL Es la superficie
total que tiene una propiedad teniendo en cuenta las áreas comunes del
edificio (palliers, escaleras, ascensores, etc.). SUPERFÍCIE ÚTIL Suma de los espacios interiores
de la vivienda, descontando los tabiques, muros, conductos de instalaciones,
vigas, etc. Puede suponer aproximadamente un 10-15% menos de la superficie
construida. SUPERFICIE Límite o término de
un terreno. SUPERPOSICION DE PREDIOS Error en la medida
y en la señalización de los límites de terrenos contiguos que se refleja en
los planos o en los títulos correspondientes. SUPOSICIONES.- Las suposiciones contemplan
incluyen hechos, condiciones o situaciones que afectan al sujeto de el
enfoque de una valuación, pero que no son susceptibles de verificarse. Estos
son aspectos que, una vez declarados, deben aceptarse para entender la
valuación. Todas las suposiciones que respaldan una valuación deben ser
razonables. |
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TASA DE
CAPITALIZACIÓN.- Es
un índice que representa la relación entre el ingreso neto anual que produce
un inmueble y el valor del mismo. Se considera que incluye el retorno “de” y
“sobre” el capital invertido en el inmueble. Así, la tasa es un divisor
(normalmente expresado como un porcentaje) que se utiliza para convertir un
ingreso en valor. TASA DE
DEPRECIACIÓN.- Es el porcentaje que se utiliza para calcular la depreciación en un
determinado período. TASA DE
DESCUENTO.- Es
un índice usado para convertir una cantidad de dinero pagadero o cobrable en
el futuro a valor presente. TASA DE
INTERÉS ACTIVA. Es la
que cobran las instituciones de crédito por los préstamos que otorgan bajo
distintas condiciones. TASA DE INTERÉS INTERBANCARIA
DE EQUILIBRIO.- TIIE, es la Tasa de Interés
creada por el Banco de México y las instituciones financieras y su objetivo
es dar a conocer una tasa de referencia que refleje las condiciones del
mercado de dinero en moneda nacional. En términos prácticos, podemos decir
que la TIIE es el porcentaje de interés o ganancia base o promedio de algunas
operaciones realizadas en el mercado. TASA DE
INTERÉS NOMINAL.- Es aquella que no toma en cuenta la capitalización de los intereses. TASA DE INTERÉS PASIVA. Es la que se ofrece en valores
que adquiere el público para invertir su capital. TASA DE
INTERÉS REAL.- Es aquella que gana el capital por arriba de la tasa de inflación. TASA DE
INTERÉS.- Es la
Relación que existe entre la cantidad de ingreso excedente que le proporciona
una inversión a su propietario y el monto principal de la inversión. TASA
INTERNA DE RETORNO.- Es aquella tasa de rendimiento que descuenta e
iguala el valor presente de todos los flujos de efectivo netos futuros a la
inversión inicial. TASACIÓN O AVALÙO Valor de un inmueble
certificado por sociedades constituidas al efecto. Mediante este certificado
no sólo se conoce el valor real del inmueble, sino que además sirve de
referencia para obtener la financiación necesaria. Para ser válida a efectos
de obtención de un préstamo hipotecario, debe ser realizada por un perito. TASACION Avalúo.
Dictamen técnico que permite determinar el valor real de un inmueble a partir
de sus características físicas, ubicación, de uso y de la investigación y el análisis
del mercado inmobiliario TASACION Determinación del
avalúo fiscal de las propiedades para obtener la base de cálculo del Impuesto
Inmobiliario. TASACION Valor certificado de un
inmueble TASADOR Persona que
realiza un avalúo o tasación. TECHO DE DOS AGUAS Techo de dos
vertientes que se encuentra en la cumbrera del tejado. TECHO DE UN AGUA Cubierta de solo
una vertiente. TECHO PLANO Techo que carece
de cumbrera y vertientes. TECHO En construcción se
conoce por techo a la superficie interior, generalmente horizontal, por
encima de los límites superiores de las paredes de una habitación; aunque
también se le conoce como cielo a la parte interior y techo a la parte
exterior. Por lo general no es un elemento estructural, sino más bien un
acabado de superficie que oculta la parte inferior del piso o del techo que
existe por encima de la estructura. Dependiendo del fin y tipo de
construcción, el techo puede ser diseñado y construido de diversas formas y
con una variedad de materiales. TEJA Pieza de cerámica
vidriada o natural que se coloca para cubrir superficies, especialmente
techos. TERRAZA Sitio abierto en una
construcción; terreno acotado situado delante de un lugar público para que
los asistentes puedan estar al aire libre. TERRENO VIRGEN Terreno que no ha
sido sembrado. TERRENO Lote o
parcela sin construcciones en su superficie. TERRENO.- Es una porción de la superficie
de la tierra, cuyo ámbito se extiende hasta el centro de la tierra y hasta el
cielo. La propiedad del terreno y de los derechos inherentes al régimen de
propiedad, están sujetos a las leyes de cada país en particular. En México,
en primer lugar al Art. 27 de la Constitución y a otras Leyes. TERRENOS
ADJUDICADOS.- Son
aquellos entregados a la Administración Pública Federal o a particulares por
mandato legal. TERRENOS
BALDÍOS.- Son
los terrenos de la Nación que no han salido de su dominio por título
legalmente expedido y que no han sido trabajados, deslindados ni medidos.
(Artículo 157 de la Ley Agraria). Son los terrenos que no tienen superficie
construida y que se les considera disponibles para su utilización comercial. TERRENOS
EN BREÑA.- Son
los terrenos en estado natural que no han sido utilizados con cultivos o
mejorados con construcciones. TERRENOS
EN TRANSICIÓN.- Son
los que cambian su uso de suelo de rural a urbano, motivado por presiones de
crecimiento poblacional y baja rentabilidad de la tierra rural. Mediando un
proceso legal de autorización. TERRENOS
NACIONALES.- Son
los terrenos propiedad de la Nación sobre los cuales el Ejecutivo de la
Unión, puede ejercitar actos de administración y dominio, en provecho del
País. TERRENOS
PERIFÉRICOS.- Son
aquellos localizados en los límites de un centro de población o núcleo
urbano. TERRENOS
VACANTES.- Son aquellos
que no tienen poseedor (dueño), ni puede precisarse quien fue su último
propietario. (Artículo 785 del Código Civil para el DF) TASA DE
CAPITALIZACIÓN.- Es
un índice que representa la relación entre el ingreso neto anual que produce
un inmueble y el valor del mismo. Se considera que incluye el retorno “de” y
“sobre” el capital invertido en el inmueble. Así, la tasa es un divisor
(normalmente expresado como un porcentaje) que se utiliza para convertir un
ingreso en valor. TESTADOR Persona que hace
un testamento. TESTAMENTARIA Ejecución de lo
dispuesto en el testamento. Sucesión y caudal de ella durante el tiempo que
transcurre desde la muerte del testador hasta que termina la liquidación y
división. Junta de testamentarios. Juicio para inventariar, conservar,
liquidar y partir la herencia del testador. TESTAMENTARIO / ALBACEA Persona encargada
por el testador para cumplir su última voluntad. TESTAMENTO Declaración que hace
una persona de su última voluntad, en la que dispone de bienes y asuntos que
le atañen, para después de su muerte. Documento donde consta en forma legal
la voluntad del testador. TIEMPO COMPARTIDARIO Persona natural o
legal que adquiere el uso, goce y disfrute de una unidad residencial,
habitualmente en zona vacacional, y de los bienes, construcciones,
instalaciones y servicios comunes. TIEMPO COMPARTIDO Sistema por el
cual se adquiere el derecho de uso, goce y disfrute de una unidad
residencial, habitualmente ubicada en zona vacacional, los bienes inmuebles
que a ella se encuentren afectos y en su caso, las instalaciones, áreas,
construcciones y servicios comunes, siempre y cuando el derecho se limite a
un número determinado de días por un período específico de años. TIPO DE CONSTRUCCIÓN.- Clasificación de las
características de los inmuebles predominantes en una zona determinada. TIPO DE INTERES NOMINAL Y TIPO
DE INTERES REAL El tipo de interés nominal es la expresión porcentual de
la rentabilidad de un instrumento financiero en relación a su precio.
Descontando el efecto de la tasa de inflación esperada durante la vida del
mismo, se obtiene el tipo de interés real. TIPO DE
INTERÉS Porcentaje
que se aplica al capital pendiente de un préstamo para calcular los intereses
que deben abonarse. TIPO DE INTERES Porcentaje que se
aplica al capital pendiente de un préstamo para calcular los intereses que
deben abonarse. TIPO DE POBLACIÓN.- Clasificación del nivel
socio económico predomínate en una zona determinada. TIPO SUSTITUTIVO DE
REFERENCIA Índices previstos
en la escritura de un préstamo hipotecario a tipo variable o mixto,
aplicables sólo en caso de que el índice de referencia pactado en primer
término dejara de ser publicado oficialmente. TITULO DE PROPIEDAD Escritura que acredita la
propiedad de una finca y en la que se describe la fecha y forma en que se
adquirió, así como las características principales de la misma. TITULOS PERFECTOS Aquellos títulos
que están libres de gravámenes, embargos, inhibiciones o medidas cautelares. TOILETTE Baño extra para
visitas. TRAGALUZ Cualquier abertura
en el techo o muro que permita la entrada de luz. TRASPASAR Ceder gratuita u
onerosamente los derechos u obligaciones derivados de un contrato legalmente
válido. TRASPASO Cesión a favor de
otro del dominio de una cosa; pago por la cesión. Transmisión de bienes o
derechos de una persona a otra. |
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UNIDAD COMPLEMENTARIA Otro tipo de
unidad que compone el inmueble en propiedad horizontal. Normalmente son las cocheras
o bauleras. UNIDAD
ECONÓMICA (Unidad
Productiva).- Es el conjunto de activos fijos (terrenos,
construcciones, instalaciones, maquinaria, mobiliario y equipo), integrados
conforme a una tecnología que les permiten producir bienes o prestar servicios
en condiciones definidas de calidad y costo. La unidad económica carece de
personalidad jurídica, es independiente de la persona física o moral que es
su propietaria y por lo tanto no incluye a los activos circulantes ni a los
pasivos reales o contingentes. UNIDAD FUNCIONAL Cada una de las
unidades de propiedad que componen un inmueble en propiedad horizontal, a la
cual le corresponde un porcentual de las cosas comunes del edificio. UNIDAD HABITACIONAL Conjunto de
inmuebles, una edificación o parte de ella destinada a la vivienda. UNIDADES
DE PROPIEDAD EXCLUSIVA (UPE).- En la Ley de Propiedad en Condominio de
Inmuebles, se refiere a la porción de condominio en derecho singular y
excluye de propiedad a cada propietario. URBANO Relativo a la ciudad. URBE Ciudad,
especialmente la muy populosa. USO DE SUELO.- En términos urbanísticos,
análisis de las características de determinada zona con respecto a la
actividad preponderante a la que tiene uso, puede ser habitacional,
comercial, industrial o de servicios, esta regularmente es vigilada y
determinada por las autoridades, cuando están en equilibrio y son respetadas,
pueden provocar un beneficio para los propietarios de los inmueble, o
perjuicio social y económico para la zona. USO DEL
AVALÚO.- Es una
forma en que el cliente o usuario emplea la información contenida en el
informe del avalúo. Dado que el avalúo proporciona una base para la toma de
decisiones, el uso del avalúo depende de la decisión que el usuario desea
tomar, es decir de sus necesidades. USUFRUCTO Derecho de uso o disfrute que
tiene una persona llamada "usufructuario", sobre una cosa propiedad
de otra persona, llamada "nudo propietario". Se trata de un derecho
real en cosa ajena, resultante del desglose del derecho de propiedad. El
usufructo no puede durar más allá de la vida del usufructuario. USUFRUCTO Es un derecho real que
consiste en la facultad de gozar de una cosa con cargo de conservar su forma
y su sustancia, y de restituirla a su dueño si la cosa no es fungible, o con
cargo de volver igual cantidad y calidad del mismo género, o de pagar su
valor si la cosa es fungible. USUFRUCTO.- Son los rendimientos o
provechos que produce un bien, y el derecho que se tiene sobre ellos. UTILIDAD
BRUTA.- Es el
ingreso generado por una venta, menos el costo de los bienes vendidos. UTILIDAD
NETA.- Es la
Cantidad que resulta de restar a un ingreso generado por una venta u otro
tipo de operación todos los costos, derechos e impuestos asociados. En los
estados financieros se muestra como un cambio en el capital contable de la
entidad, producido durante un período. Este cambio proviene de transacciones
y de otros acontecimientos y circunstancias, con excepción de aquellos que
resultan de las inversiones realizadas por los propietarios y el pago de
dividendos hechos a los dueños del negocio. UTILIDAD.- Es una forma en que se puede
medir el valor, pues representa la capacidad de un bien o servicio para
satisfacer una determinada necesidad. Por otra parte, es un término genérico aplicado
al excedente de ingresos o precio de venta, sobre los costos
correspondientes. |
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VALOR
ASEGURABLE.- Es el
costo neto de reposición de un bien, menos el costo de las partes específicamente
excluidas en la póliza de seguro. VALOR
BASE.- Es
la cantidad expresada en términos monetarios, en la que sale un bien a la
venta en un proceso de licitación o subasta pública, y representa el valor
comercial o el valor de realización, en su caso, netos de todos los gastos y
adeudos pendientes de cubrirse por la posesión y propiedad del bien en tanto
no se vende. VALOR CATASTRAL Valor que da el Ayuntamiento a
los inmuebles a efectos tributarios y que constituye la base imponible del
impuesto. Está integrado por el valor del suelo o el terreno y el de la
construcción, tomando como referencia su valor de mercado. VALOR
CATASTRAL.- Es el
valor que tiene un bien inmueble para efecto de cálculo del pago de impuesto
predial. VALOR
COMERCIAL (VALOR JUSTO DE MERCADO).- Es el Precio más probable estimado, por el cual
una propiedad se intercambiaría en la fecha del avalúo entre un comprador y
un vendedor actuando por voluntad propia, en una transacción sin
intermediarios, con un plazo razonable de exposición, donde ambas partes
actúan con conocimiento de los hechos pertinentes, con prudencia y sin
compulsión. Es el resultado del análisis de por lo menos tres parámetros
valuatorios a saber: valor físico o neto de reposición (enfoque de costos),
valor de capitalización de rentas (enfoque de los ingresos) y valor
comparativo de mercado. VALOR
COMO NEGOCIO EN MARCHA.- El valor de una empresa como un todo, sujeto a la utilidad o
servicio potencial adecuado de la empresa, con todos sus activos y pasivos,
plusvalía y potencialidades. Si la empresa es propietaria de las
instalaciones que utiliza, éstas forman parte del valor como negocio en
marcha. El concepto incluye la valuación de la empresa en operación continua.
La distribución del valor global como negocio en marcha puede hacerse a las
partes componentes de la empresa cuando contribuyen como un todo, pero el
valor distribuido entre sus componentes generalmente no constituye el valor
de mercado de cada componente. Los elementos intangibles de valor en un negocio
resultan de los factores tales como tener una fuerza laboral capacitada, una
planta operativa, las patentes y las licencias, y los sistemas y
procedimientos necesarios establecidos. VALOR
COMPARATIVO DE MERCADO.- Es el resultado homologado de una investigación de mercado de
bienes comparables al del estudio. Dicho mercado debe ser, preferentemente,
sano, abierto y bien informado, donde imperan condiciones justas y
equitativas entre la oferta y la demanda. VALOR
CONTABLE.- Es el
monto de la inversión original asentada en los libros de contabilidad del
propietario de un bien, disminuida por las depreciaciones autorizadas por las
normas fiscales correspondientes. El valor contable puede ser actualizado
mediante avalúo o índices específicos. VALOR
CULTURAL.- Son
los modelos de realización o los estándares de calidad considerados deseables
y arraigados en nuestra vida. VALOR
DE CAPITALIZACIÓN.- Es el monto que se requiere para generar rendimientos financieros iguales
a las utilidades que producen las rentas de un bien en similares condiciones
de riesgo. Es decir, se estima el valor de una propiedad dividiendo los
ingresos netos anuales de operación, que produce la misma, entre la tasa de
capitalización adecuada. VALOR
DE CHATARRA.- Ver
Valor de Desecho. VALOR
DE CONTADO.- Es el
valor asociado con una operación realizada al contado para adquirir un bien,
expresado en términos monetarios. VALOR
DE DESECHO.- Es
la cantidad, expresada en términos monetarios, que se puede obtener por un
bien al final de su vida, cuando ya no tiene un uso alterno y se estima por
el valor de sus elementos de construcción. El valor de desecho es similar al
valor de chatarra o de salvamento. VALOR
DE DOMINIO PLENO DEL ARRENDADOR.- Generalmente se considera la suma del valor
presente de los ingresos netos anticipados que se van a recibir bajo el
arrendamiento, más el valor presente del valor anticipado de la propiedad,
cuando el arrendador recupera nuevamente el uso y la posesión. En la práctica
el Valor justo de Mercado debe identificarse, definirse y ser el más adecuado
para este caso. VALOR
DE INDEMNIZACIÓN.- Es
el costo necesario para reemplazar, reparar o reconstruir una propiedad
asegurada que ha sufrido algún daño, a una condición que sea substancialmente
igual, pero no mejor ni más grande que su condición en el momento en que
sucedió el daño, tomando en cuenta la edad, condición y vida útil remanente.
Puede incluir también el costo de perjuicios y el lucro inherentes a la propiedad. VALOR
DE INTERCAMBIO.- Es el valor de un bien, expresado en términos monetarios, ofrecido en
una compraventa y que se intercambia por otro(s) activos monetarios o no
monetarios. VALOR
DE INVERSIÓN.- Es el valor que tiene una propiedad para un inversionista en
particular o para una clase de inversionistas, con objetivos de inversión
identificados. Este concepto subjetivo relaciona a una propiedad específica
con un inversionista específico, o un grupo de inversionistas o con una
entidad que tiene objetivos y/o criterios de inversión identificados. El
término valor de inversión no debe confundirse con el valor de mercado de una
propiedad de inversión. VALOR
DE LIQUIDACIÓN ORDENADA.- Ver Valor de Realización Ordenada. VALOR
DE MERCADO PARA USO CONTINUADO.- Es la cantidad estimada por la que debe
intercambiarse un activo, con posesión de vacante en la fecha de la
valuación, en base a su uso existente continuo, entre un comprador y un
vendedor dispuestos, en una transacción prudente, después de una
comercialización adecuada en donde las partes actuaron con conocimiento, de
manera prudente y sin compulsión. Aunque el concepto de posesión de vacante
se aplica, se supone que la empresa o persona que ocupa la propiedad,
continuará la operación del uso existente del activo. VALOR
DE OPORTUNIDAD.- Es el máximo precio aceptable de un bien, expresado en términos
monetarios, en función del beneficio que se espera generará. VALOR
DE REALIZACIÓN FORZADA.- Es la cantidad bruta, expresada en términos monetarios, que se
espera obtener por concepto de una venta pública debidamente anunciada y
llevada a cabo en el mercado abierto, en la que el vendedor se ve en la
obligación de vender de inmediato por mandato legal “tal como está y donde se
ubica” el bien. En algunos casos, puede involucrar un vendedor no deseoso y
un comprador o compradores que compran con conocimiento de la desventaja para
el vendedor. VALOR
DE REALIZACIÓN ORDENADA.- Es el precio estimado que podría ser obtenido a partir de una venta
en el mercado libre, en un periodo de tiempo apenas suficiente para encontrar
un comprador o compradores, en donde el vendedor tiene urgencia de vender,
donde ambas partes actúan con conocimiento y bajo la premisa de que los
bienes se venden en el lugar y en el estado en que se encuentran. VALOR
DE RECUPERACIÓN.- Es
la cantidad, expresada en términos monetarios, que se puede obtener como
resultado de la venta de un bien después de terminada su vida económica, para
un uso alterno. VALOR
DE REEMPLAZO.- Ver Costo de Reemplazo. VALOR
DE REMATE.- Ver
Valor de Realización Forzosa. VALOR
DE REPOSICIÓN ASEGURABLE.- Ver costo de reposición asegurable. VALOR
DE REPOSICIÓN.- Ver
Costo de Reposición Nuevo. El Costo de Reposición se considera un “Valor” en
tanto aparece registrado en los libros contables de una entidad. VALOR
DE REPRODUCCIÓN.- Ver
Costo de Reproducción. VALOR
DE RESCATE.- Se
entiende como la cantidad, expresada en términos monetarios, que se puede
obtener por concepto de venta en el mercado libre y al final de la vida útil
física de un bien o de un componente del mismo que se haya retirado de
servicio o uso, para utilizarse en otra parte. VALOR
DE SALVAMENTO.- Ver Valor de Desecho. VALOR DEL M2 EN
ALQUILER Valor que se calcula dividiendo el precio de alquiler
mensual por la superficie propia del inmueble. VALOR DEL M2 EN
VENTA Valor
que se calcula dividiendo el precio de venta por la superficie propia del
inmueble. VALOR
EN LIBROS.- Con
respecto a los activos, es el costo capitalizado de un activo menos la
depreciación o amortización acumulada, como aparece en los libros contables
del negocio. Con respecto al capital de una empresa comercial, es la
diferencia entre los activos totales (netos de la depreciación, disminución y
amortización) y los pasivos totales de un negocio, de acuerdo con el balance
general. Es sinónimo de valor neto en libros, activo líquido y capital del
accionista. VALOR
EN USO.- Es
el valor que tiene una determinada propiedad, para un uso específico y para
el usuario actual, y que, por lo tanto, no está necesariamente relacionado
con el mercado. Este tipo de valor se enfoca en el valor con el que
contribuye un bien específico a una de la que forma parte, sin considerar el
mayor y mejor uso del bien o la cantidad monetaria que pudiera obtenerse
cuando se venda. Equivale al valor presente de los flujos de efectivo futuros
que se espera del uso continuo de un activo más el monto de su disposición al
final de su vida útil. VALOR
ESPECIAL.- Término
relativo a un elemento extraordinario de valor que es mayor al Valor de
Mercado. VALOR
ESPECULATIVO.- Es el valor esperado de un bien inmueble, expresado en términos
monetarios, basado en la eventualidad de un uso de suelo diferente, de condiciones
políticas diferentes a las actuales y del crecimiento o decrecimiento
económico o poblacional proyectado. VALOR
ÉTICO.- Es
la cualidad que perfecciona al ser que la posee. VALOR
FISCAL.- Es el
valor que se le asigna a los bienes muebles e inmuebles con fines fiscales,
para fines de un traslado de dominio. VALOR
INTANGIBLE.- Es el
valor de un negocio en marcha adicional al valor de los activos tangibles.
Depende de activos intangibles tales como: marcas, prestigio, patentes y
derechos, entre otros. VALOR
INTRÍNSECO.- Es el
valor inherente a un bien en sí mismo, (como por ejemplo el de los metales
preciosos). VALOR
JUSTO.- Es
el precio por el cual un bien o servicio puede intercambiarse, o una
controversia puede resolverse, entre partes deseosas y conocedoras de los
hechos pertinentes, en una transacción sin intermediarios. VALOR
MÁXIMO. Es la
mayor cantidad, expresada en dinero, que conviene pagar por la adquisición o
arrendamiento de un bien. VALOR
NETO DE REPOSICIÓN.- Ver Costo Neto de Reposición. El Costo Neto de
Reposición se considera un “Valor” en tanto aparece registrado en los libros
contables de una entidad. VALOR
POTENCIAL.- Es el
valor de un bien, basado en los beneficios potenciales a futuro que le puedan
proporcionar situaciones potencialmente factibles de tipo jurídico,
económico, político o social. VALOR
PRESENTE NETO (VPN).- Es
un método que se emplea en el análisis de flujo de efectivo descontado para
encontrar la suma de dinero que representa la diferencia entre el valor
presente de todos los flujos de entrada y de salida de efectivo asociados con
el proyecto, descontando cada uno una tasa de rendimiento específico. VALOR
PRESENTE.- Es
un valor monetario actual de los flujos de efectivo futuros. VALOR
RESIDUAL.- En la
valuación inmobiliaria, al restar del valor de un inmueble el costo de las
mejoras, el residuo equivale al valor del terreno. VALOR.- Es un concepto económico que
se refiere al precio que se establece entre los bienes y servicios
disponibles para compra y aquellos que los compran y venden. Es la cualidad
de un objeto determinado que lo hace de interés para un individuo o grupo. VALUACIÓN
DE ACTIVOS.- Esta
expresión se aplica a la valuación de terreno, edificios, y/o planta y
maquinaria que generalmente para incorporarlas en las cuentas contables de una
entidad. VALUACIÓN
DE NEGOCIOS.- El
acto o proceso para obtener una opinión o estimado del valor de un negocio o
empresa o de los derechos inherentes a éste. VALUADOR.- Cualquier persona que estima el
valor de un bien. VALUACIÓN.- Es el procedimiento técnico y
metodológico que, mediante la investigación física, económica, social,
jurídica y de mercado, permite estimar el monto, expresado en términos
monetarios, de las variables cuantitativas y cualitativas que inciden en el
valor de cualquier bien. VALUAR.- Es el proceso de estimar el
costo o el valor a través de procedimientos sistemáticos que incluyen el
examen físico, la fijación de precios y con frecuencia análisis técnicos
detallados. VECINDAD
INMEDIATA.- Es la estructura
urbana y de mercado que forma el contorno o territorio que rodea a los bienes
sujetos a valuar, teniendo características homogéneas físicas, económicas,
sociales, políticas y jurídicas. VECINDAD
MEDIATA.- Es
la estructura urbana y de mercado más próxima a la vecindad inmediata y que
tiene características físicas, económicas, sociales, políticas y jurídicas
iguales o equivalentes a ésta. VECINDAD Conjunto de
personas que viven en los distintos cuartos de una misma construcción o en
varias construcciones inmediatas unas de las otras. VECINDARIO Agrupamiento
homogéneo de habitantes e inmuebles. VECINDARIO.- Es la estructura urbana y de
mercado que forma el contorno o territorio que rodea a los bienes sujetos a
valuar, teniendo características homogéneas físicas, económicas, sociales,
políticas y jurídicas. VENCIMIENTO Cumplimiento del plazo de una
deuda. VENTA.- Transferencia de bienes o
servicios por medio de la cual el vendedor otorga la propiedad de dichos bienes
o servicios al comprador, a cambio del pago del precio convenido. VERIFICACION DOCUMENTAL Y
NORMATIVA
Son los controles y verificaciones que deben considerarse al momento
del cierre de una operación, como la titularidad de los bienes, la existencia
de derechos o hipotecas, la correcta clasificación catastral, etc. VERIFICACIÓN REGISTRAL Comprobación de la situación de
la finca en el Registro de la Propiedad. Se puede hacer a través del examen
directo de los libros, a través de nota simple informativa, o de una
certificación del Registrador. VERIFICACION REGISTRAL Comprobación de la
situación de la finca en el Registro de la Propiedad. Se puede hacer a través
del examen directo de los libros, de nota simple informativa, de una
certificación del Registrador. VESTIDOR Cuarto para
guardar ropa y otros enseres, por lo general fuera de la recámara. VIA Calle, camino o
carretera. VIDA
ÚTIL ECONÓMICA.- Período, expresado en años, en el que un bien funcionará hasta antes
de alcanzar una condición donde ya no es redituable su operación. VIDA
ÚTIL FÍSICA.- Período
total, expresado en años, que se estima un bien durará hasta una
reconstrucción, usando mantenimiento preventivo normal. VIDA
ÚTIL NORMAL.- Es el
período, expresado en años, en el cual puede esperarse razonablemente que un
bien realice la función para la cual fue construido, a partir de la fecha en
que fue puesto en servicio. Ver Vida Útil Económica. VIDA
ÚTIL REMANENTE.- Es el período probable, expresado en años, que se estima funcionará un
bien en el futuro, a partir de una determinada fecha, dentro de los límites
de eficiencia productiva, útil y económica para el propietario o poseedor. VIDA
ÚTIL TOTAL.- Ver
vida útil normal. VIDA UTIL En el ámbito
tributario, es el período de tiempo estimado de duración y uso para calcular
la utilidad de un activo fijo. VIDA Periodo de
existencia ó duración de un inmueble. VIVIENDA MULTIFAMILIAR Aquella
vivienda diseñada para ser ocupada por dos o más familias. VIVIENDA NO
PERMANENTE Llamada segunda Vivienda. Es el inmueble destinado a la
residencia no habitual por parte de un individuo o grupo familiar. No posee,
generalmente, exenciones impositivas asociadas. VIVIENDA PERMANENTE También denominada
Vivienda única. Es el inmueble destinado a la residencia habitual por parte
de un individuo o grupo familiar. Posee generalmente, exenciones impositivas
asociadas. VIVIENDA UNIFAMILIAR Aquella diseñada
para ser utilizada por una familia. VIVIENDA Habitación o
morada. VOCACIÓN
AGROPECUARIA.- Es el
conjunto de características que le dan a un terreno una tendencia a ser
usados en la agricultura y/o la ganadería. |
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ZAGUAN Pieza
cubierta que sirve de vestíbulo o umbral en una casa. ZANJA Excavación larga
y angosta que se hace en la tierra para la cimentación de construcciones. ZOCALO Cuerpo inferior de
un edificio o de una obra que sirve para elevar los basamentos a un mismo
nivel. ZONA COMERCIAL Área en una
ciudad, cuyo uso de suelo preponderantemente permite el establecimiento de
actividades dedicadas al intercambio de bienes o servicios. ZONA DE
ESPARCIMIENTO Áreas destinadas a espacios verdes de uso público. Ej.:
plaza, plazoleta o parques. ZONA
DONDE SE UBICA EL INMUEBLE.- Ver vecindad inmediata. ZONA INDUSTRIAL Área en una ciudad
en la cual, atendiendo a su localización, topografía, existencia de servicios
y facilidad de transporte se permite el desarrollo de actividades
productivas, estableciendo una reglamentación específica que estimule su
desarrollo y proteja a la población y al entorno ecológico. ZONA RESIDENCIAL Área en una
ciudad destinada a la vivienda individual o colectiva. ZONA Extensión
considerable de terreno cuyos límites están determinados por razones
administrativas, urbanas, ecológicas o de uso del suelo. ZONAS AREAS COMUNES Son las zonas, dentro de un
bloque de viviendas, que pertenecen a todos los integrantes de la Comunidad
de Propietarios de forma proporcional (los jardines, las escaleras, los
ascensores, patios, portal, ...). Esta parte proporcional se suma a la
superficie útil de la vivienda para calcular la superficie construida. ZONAS
HOMOGÉNEAS.- Son
aquellas áreas urbanas o agropecuarias cuyas características físicas,
políticas, económicas, sociales y jurídicas son iguales o equivalentes ZONIFICACION POR
TERRITORIO
Selección de áreas geográficas a las que un vendedor de inmuebles
dedica atención y estudio especiales. ZONIFICACION
Reglamentación pública del uso del suelo, de su densidad, de su
intensidad y sus limitaciones. |
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